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CNAE 4399 - Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.
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Información sobre balances y cuentas de resultados de RODRIGUEZ-JANE SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por RODRIGUEZ-JANE SL o en los que participa indirectamente.
Las Juntas generales universales y extraordinarias de "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" y "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", en sesiones celebradas el 6 de noviembre de 2002, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción, en virtud de lo cual "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" ha absorbido a "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", mediante la disolución sin liquidación de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada" y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo y en consecuencia, de todos los derechos y obligaciones de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", lo que se hace constar a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El proyecto de fusión por absorción quedó depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 28 de octubre de 2002.
Los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales a oponerse a la fusión en los términos previstos por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Joan de Vilatorrada, 6 de noviembre de 2002.-El Administrador único de ambas sociedades, Francisco Javier Rodríguez Márquez.-49.603.
y 3.a 21-11-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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Las Juntas generales universales y extraordinarias de "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" y "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", en sesiones celebradas el 6 de noviembre de 2002, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción, en virtud de lo cual "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" ha absorbido a "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", mediante la disolución sin liquidación de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada" y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo y en consecuencia, de todos los derechos y obligaciones de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", lo que se hace constar a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El proyecto de fusión por absorción quedó depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 28 de octubre de 2002.
Los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales a oponerse a la fusión en los términos previstos por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Joan de Vilatorrada, 6 de noviembre de 2002.-El Administrador único de ambas sociedades, Francisco Javier Rodríguez Márquez.-49.603.
2.a 20-11-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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Las Juntas generales universales y extraordinarias de "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" y "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", en sesiones celebradas el 6 de noviembre de 2002, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción, en virtud de lo cual "Metal.liques Cardona, Sociedad Limitada" ha absorbido a "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", mediante la disolución sin liquidación de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada" y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo y en consecuencia, de todos los derechos y obligaciones de "Rodríguez Jané, Sociedad Limitada", lo que se hace constar a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El proyecto de fusión por absorción quedó depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 28 de octubre de 2002.
Los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales a oponerse a la fusión en los términos previstos por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Joan de Vilatorrada, 6 de noviembre de 2002.-El Administrador único de ambas sociedades, Francisco Javier Rodríguez Márquez.-49.603.
1.a 19-11-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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Se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad celebrada en fecha 1 de julio de 2002, aprobó, por unanimidad, la cesión global del Activo y del Pasivo de "Rodríguez-Jane, Sociedad Limitada", a la entidad "Metal-Liques Cardona, Sociedad Limitada".
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad cedente y de la cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión. Los acreedores de la sociedad cedente y cesionaria pueden oponerse a la cesión en los términos establecidos en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de cesión.
Cardona, 10 de julio de 2002.-El Administrador único, Francisco Javier Rodríguez Márquez.-36.038.
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