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Datos de RIBERA DE ALDAYA SLU

RIBERA DE ALDAYA SLU

Objeto social

CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales

CIF

B97015721

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

-

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de RIBERA DE ALDAYA SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por RIBERA DE ALDAYA SLU o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Raf Ibérica, Sociedad Anónima de fecha 30 de junio de 2003, y por decisión del socio único de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal, de la misma fecha se ha acordado la Fusión por Absorción de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal por Raf Ibérica, Sociedad Anónima, con extinción por disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad Absorbida, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscritos por los Administradores de la Sociedades participantes en la Fusión el día 30 de junio de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.

    Los Administradores de las Sociedades participantes en la Fusión aprobaron el referido Proyecto de Fusión conjunto y único y la utilización de los respectivos Balances anuales cerrados a 31 de diciembre de 2002, para Raf Ibérica, Sociedad Anónima y para Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal. Siendo la Absorbida una Sociedad participada íntegramente por la Absorbente, no procede el canje de acciones, ni aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni es necesario la elaboración de los informes de Administradores ni de Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión, de conformidad con el Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Absorbente será el día 1 de enero de 2003, sin perjuicio de lo señalado por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades. La presente Fusión se acoge al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VIII de la citada Ley 43/1995, de 27 de Diciembre del Impuesto de Sociedades. No existen en Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal titulares de derechos especiales distintos de las participaciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en Raf Ibérica, Sociedad Anónima. Esta Sociedad no atribuirá ningún tipo de ventaja a favor de los Administradores de las Sociedades intervinientes en la operación de Fusión.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de la Sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de Fusión.

    Valencia, 30 de septiembre de 2003.-El Administrador único de Raf Ibérica, S.A. y de Ribera de Aldaya, S.L., Antonio Zarco Lucas.-45.942.

    y 3.a 22-10-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • RIBERA DE ALDAYA SLU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/09/2003. Núm. 45942. Diario: 201 Sección: R Pág: 28413 - 28413 
  • Anuncio de fusión y absorción

    De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Raf Ibérica, Sociedad Anónima de fecha 30 de junio de 2003, y por decisión del socio único de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal, de la misma fecha se ha acordado la Fusión por Absorción de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal por Raf Ibérica, Sociedad Anónima, con extinción por disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad Absorbida, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscritos por los Administradores de la Sociedades participantes en la Fusión el día 30 de junio de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.

    Los Administradores de las Sociedades participantes en la Fusión aprobaron el referido Proyecto de Fusión conjunto y único y la utilización de los respectivos Balances anuales cerrados a 31 de diciembre de 2002, para Raf Ibérica, Sociedad Anónima y para Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal. Siendo la Absorbida una Sociedad participada íntegramente por la Absorbente, no procede el canje de acciones, ni aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni es necesario la elaboración de los informes de Administradores ni de Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión, de conformidad con el Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Absorbente será el día 1 de enero de 2003, sin perjuicio de lo señalado por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades. La presente Fusión se acoge al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VIII de la citada Ley 43/1995, de 27 de Diciembre del Impuesto de Sociedades. No existen en Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal titulares de derechos especiales distintos de las participaciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en Raf Ibérica, Sociedad Anónima. Esta Sociedad no atribuirá ningún tipo de ventaja a favor de los Administradores de las Sociedades intervinientes en la operación de Fusión.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de la Sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de Fusión.

    Valencia, 30 de septiembre de 2003.-El Administrador único de Raf Ibérica, S.A. y de Ribera de Aldaya, S.L., Antonio Zarco Lucas.-45.942.

    2.a 21-10-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • RIBERA DE ALDAYA SLU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/09/2003. Núm. 45942. Diario: 200 Sección: R Pág: 28268 - 28268 
  • Anuncio de fusión y absorción

    De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Raf Ibérica, Sociedad Anónima de fecha 30 de junio de 2003, y por decisión del socio único de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal, de la misma fecha se ha acordado la Fusión por Absorción de Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal por Raf Ibérica, Sociedad Anónima, con extinción por disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad Absorbida, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscritos por los Administradores de la Sociedades participantes en la Fusión el día 30 de junio de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.

    Los Administradores de las Sociedades participantes en la Fusión aprobaron el referido Proyecto de Fusión conjunto y único y la utilización de los respectivos Balances anuales cerrados a 31 de diciembre de 2002, para Raf Ibérica, Sociedad Anónima y para Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal. Siendo la Absorbida una Sociedad participada íntegramente por la Absorbente, no procede el canje de acciones, ni aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni es necesario la elaboración de los informes de Administradores ni de Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión, de conformidad con el Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Absorbente será el día 1 de enero de 2003, sin perjuicio de lo señalado por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades. La presente Fusión se acoge al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VIII de la citada Ley 43/1995, de 27 de Diciembre del Impuesto de Sociedades. No existen en Ribera de Aldaya, Sociedad Limitada Unipersonal titulares de derechos especiales distintos de las participaciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en Raf Ibérica, Sociedad Anónima. Esta Sociedad no atribuirá ningún tipo de ventaja a favor de los Administradores de las Sociedades intervinientes en la operación de Fusión.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de la Sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de Fusión.

    Valencia, 30 de septiembre de 2003.-El Administrador único de Raf Ibérica, S.A. y de Ribera de Aldaya, S.L., Antonio Zarco Lucas.-45.942.

    1.a 20-10-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • RIBERA DE ALDAYA SLU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/09/2003. Núm. 45942. Diario: 199 Sección: R Pág: 28163 - 28163 

Informes comerciales Axesor

Informe de CréditoPredicción y Calificación de CréditoInformación Mercantil e Incidencias
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Crédito recomendadoIncluye Crédito recomendadoIncluye Crédito recomendadoIncluye Crédito recomendado
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo administradores
Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursales
Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAI
Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef Empresas
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
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RIBERA DE ALDAYA SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.