CNAE 9200 - Actividades de juegos de azar y apuestas
A33026907
11/06/1979
45 años
-
2.5M €
Asturias
Información sobre balances y cuentas de resultados de REQUEJO VIVERO SA depositados en el Registro Mercantil de Asturias en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por REQUEJO VIVERO SA o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
Se declara incobrable la deuda contraida con Organismos Públicos por no poderse hacer efectiva en el procedimiento administrativo de recaudación por insolvencia de la sociedad o por desconocerse el paradero de los obligados al pago de la misma.
Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales ordinarias de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), celebradas con fecha 29 de junio de 2001 con el carácter de universales, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), por parte de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspasando en bloque, a título universal, todo su patrimonio con todos los bienes, derechos y obligaciones que lo componen, a la sociedad absorbente.
La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Asturias y con aprobación de los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000, para todas las sociedades. No se otorga ninguno de los derechos especiales previstos en la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2001.
Se hace constar expresamente el derecho de cualquier accionista y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar y obtener, gratuitamente, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades fusionadas pueden oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Oviedo, 29 de junio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima", y Administrador único de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", Rafael Rodríguez Vivero.-40.446. y 3.a 30-7-2001.
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales ordinarias de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), celebradas con fecha 29 de junio de 2001 con el carácter de universales, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), por parte de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspasando en bloque, a título universal, todo su patrimonio con todos los bienes, derechos y obligaciones que lo componen, a la sociedad absorbente.
La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Asturias y con aprobación de los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000, para todas las sociedades. No se otorga ninguno de los derechos especiales previstos en la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2001.
Se hace constar expresamente el derecho de cualquier accionista y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar y obtener, gratuitamente, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades fusionadas pueden oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Oviedo, 29 de junio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima", y Administrador único de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", Rafael Rodríguez Vivero.-40.446. 2.a 27-7-2001.
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales ordinarias de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), celebradas con fecha 29 de junio de 2001 con el carácter de universales, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), por parte de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspasando en bloque, a título universal, todo su patrimonio con todos los bienes, derechos y obligaciones que lo componen, a la sociedad absorbente.
La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Asturias y con aprobación de los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000, para todas las sociedades. No se otorga ninguno de los derechos especiales previstos en la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2001.
Se hace constar expresamente el derecho de cualquier accionista y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar y obtener, gratuitamente, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades fusionadas pueden oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Oviedo, 29 de junio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración de "Requejo Vivero, Sociedad Anónima", y Administrador único de "Compañía de Inversiones y Servicios Monte Naranco, Sociedad Anónima", Rafael Rodríguez Vivero.-40.446. 1.a 26-7-2001.
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REQUEJO VIVERO SA inscrita en el Registro Mercantil de Asturias. y con domicilio en OviedoSu clasificación nacional de actividades económicas es Actividades de juegos de azar y apuestas.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.