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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 10 de noviembre del 2020 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CASTELLON DE LA PLANA

Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 35, 553 y 554 TRLC,

Hago saber:

Primero: Que por auto de fecha 18 septiembre 2020, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, número 000545/2016 y NIG número 12040-66-2-2016-0000647, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Repafrime, S.L.", domiciliado en carretera de Vila-real a Onda km. 3,400 Vila-real y cif número B-12697363.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"1.-Se declara la conclusión del presente concurso de Repafrime, S.L.", seguido bajo el número Concurso Abreviado, número 000545/2016-II, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Repafrime, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros público correspondientes.

4.-El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35 del TRLC y se dará al mismo la publicidad previas en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 36 del propio TRLC (artículo 482 del TRLC).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 del TRLC) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481.1 del TRLC).

Castellón, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.

Empresa
  • REPAFRIME SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 21/09/2020  

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