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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 20 de enero del 2020 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa RADIO ESPAÑA DE BARCELONA SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 14 de enero del 2020 con los datos de inscripción Diario: 12 Sección: 2 Pág: 250 - 251.


Otros anuncios y avisos legales

RADIO ESPAÑA DE BARCELONA SA

Anuncio de transformación en Sociedad de Responsabilidad Limitada y de reducción de capital y agrupación y canje de participaciones sociales.

Se hace público que la mercantil "RADIO ESPAÑA DE BARCELONA, S.A." (la "Sociedad"), acordó en la Junta General de accionistas celebrada el 20 de diciembre de 2019, entre otros acuerdos, los siguientes: (i) transformación de la Sociedad en una de responsabilidad limitada; (ii) reducción de capital social; y (iii) agrupación y canje de participaciones sociales.

1. Transformación en Sociedad de responsabilidad limitada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de la Sociedad, celebrada el 20 de diciembre de 2019, acordó la transformación de la sociedad en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.), aprobándose asimismo el balance de transformación y los nuevos Estatutos Sociales.

2. Reducción capital social.

Asimismo, la Junta General de accionistas de la Sociedad acordó, bajo el punto tercero del orden del día, reducir el capital social en la cifra de 360.666,90 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las participaciones sociales, de forma que el valor nominal de cada una de las participaciones pasa de 0,30 euros a 0,002475 euros por participación.

Esta reducción de capital tiene por finalidad la restitución parcial de aportaciones a los socios a razón de 0,297525 euros por cada participación social. Se hace constar que los Estatutos Sociales de la Sociedad no reconocen derecho de oposición a los acreedores.

Así, tras la reducción de capital, el capital social de la Sociedad asciende a 3.000,00 euros, dividido en 1.212.223 participaciones sociales de 0,002475 euros de valor nominal por participación.

3. Agrupación de participaciones sociales.

Tras aprobar la transformación de la Sociedad y la reducción de su capital social, la misma Junta General acordó, en el punto cuarto del orden del día, agrupar y cancelar las 1.669.300 participaciones sociales en que se divide el capital social, para su canje por 100 participaciones sociales de nueva emisión en la proporción de una participación social nueva por cada doce mil ciento veintiséis con once antiguas, con elevación del valor nominal de las participaciones de 0,002475 € de valor nominal a la cifra de 30,00 euros, sin aumento de capital, con la consiguiente reducción del número de participaciones sociales representativas del capital social en circulación.

Relación de canje: Los titulares de participaciones sociales de la Sociedad recibirán una participación nueva de 30,00 euros de valor nominal cada una, por cada doce mil ciento veintiséis con once antiguas de 0,002475 euros de valor nominal cada una, quedando las 1.212.223 participaciones en circulación en que se divide el capital social actualmente, agrupadas y canceladas para su canje por 100 participaciones sociales de nueva creación.

Plazo para el canje: El canje de las participaciones se realizará, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en diario Cinco Días, por el plazo de un mes contado desde la fecha desde la publicación del último de estos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital.

Procedimiento de canje de las participaciones sociales y tratamiento de "fracciones": Aquellos socios que, tras aplicar la relación de canje resultado de la agrupación, sean titulares de un número de participaciones que no sea múltiplo de la ecuación de canje podrán optar por:

(i) Adquirir o transmitir las participaciones necesarias para completar un número de participaciones que sea múltiplo del establecido en la relación de canje;

(ii) Agruparse con otros socios hasta alcanzar un número de participaciones que sea múltiplo del establecido en la relación de canje; o

(iii) Transmitir a la Sociedad las participaciones sobrantes para completar un número de participaciones que sea múltiplo del establecido en la relación de canje.

En este último caso, el precio de adquisición será por el valor razonable de las participaciones sociales.

En el caso de que alguno de los socios no ejercitase, en el plazo de un mes para el canje, el ejercicio de ninguna de las opciones referidas anteriormente, se entenderá que opta por la recogida en el apartado (iii), esto es, la transmisión de sus participaciones a la Sociedad.

El importe correspondiente a la compra de los restos de participaciones será satisfecho por la Sociedad mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada a tal efecto por el socio, dentro de los 30 días siguientes a la finalización del plazo previsto para el canje. En ausencia de esta comunicación, la Sociedad procederá a consignar la cantidad que corresponda, según se establece por Ley.

Modificación de los Estatutos Sociales: Como consecuencia de estas operaciones, el artículo 5 de los Estatutos Sociales quedará modificado con el fin de adaptar su contenido al nuevo valor nominal y número de participaciones sociales creadas.

La nueva redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales de Radio España de Barcelona, S.L. será la siguiente:

"El capital social se cifra en la cantidad de TRES MIL EUROS (3.000,00 €), dividido en CIEN (100) participaciones sociales de TREINTA EUROS (30 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 100, ambas inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas."

Se hace constar que, a partir de la publicación del presente anuncio, los socios podrán ejercitar los derechos que les reconocen los artículos 15.1 de la LME, y 348 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, y a los efectos del artículo 16 de la LME, se pone de manifiesto que no existen titulares de derechos especiales.

Barcelona, 14 de enero de 2020.- El Administrador único, Pedro García Guillén.

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Fecha inscripción: 14/01/2020 Diario: 12 Sección: 2 Pág: 250 - 251 

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