956279169
CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales
B11321585
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de R. Y L. RIVERA MOLINA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por R. Y L. RIVERA MOLINA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones concordantes, se pone en público conocimiento que en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la compañía R. y L. Rivera Molina, S. L., celebrada el día 18 de Febrero de 2.005, se adoptó por unanimidad, entre otros acuerdos, el de aprobación del Balance de escisión, cerrado el día 31 de Diciembre de 2.004, escisión que se produce a favor de las entidades Construcciones Luis Rivera Molina, S. L., y Alaria Residencial, S. L., ajustándose dicho acuerdo al Proyecto de Escisión Total elaborado y aprobado por el Organo de Administración de la sociedad escindida, y posteriormente depositado en el Registro Mercantil de Cádiz. Se advierte a los socios y acreedores de R. y L. Rivera Molina, S. L.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, les asiste el derecho de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Asimismo, conforme establece el artículo 243 del mismo texto legal, se informa expresamente del derecho de oposición que asiste a los acreedores de la sociedad mercantil R. y L. Rivera Molina, S. L. a oponerse a la presente escisión total en los términos previstos en el artículo 166 de la mencionada Ley.
Cádiz, 19 de febrero de 2005.-Administrador solidario, D. Rafael Rivera Molina.-7.002.
2.ª 1-3-2005.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones concordantes, se pone en público conocimiento que en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la compañía R. y L. Rivera Molina, S. L., celebrada el día 18 de Febrero de 2.005, se adoptó por unanimidad, entre otros acuerdos, el de aprobación del Balance de escisión, cerrado el día 31 de Diciembre de 2.004, escisión que se produce a favor de las entidades Construcciones Luis Rivera Molina, S. L., y Alaria Residencial, S. L., ajustándose dicho acuerdo al Proyecto de Escisión Total elaborado y aprobado por el Organo de Administración de la sociedad escindida, y posteriormente depositado en el Registro Mercantil de Cádiz. Se advierte a los socios y acreedores de R. y L. Rivera Molina, S. L.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, les asiste el derecho de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Asimismo, conforme establece el artículo 243 del mismo texto legal, se informa expresamente del derecho de oposición que asiste a los acreedores de la sociedad mercantil R. y L. Rivera Molina, S. L. a oponerse a la presente escisión total en los términos previstos en el artículo 166 de la mencionada Ley.
Cádiz, 19 de febrero de 2005.-Administrador solidario, D. Rafael Rivera Molina.-7.002.
2.ª 1-3-2005.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones concordantes, se pone en público conocimiento que en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la compañía R. y L. Rivera Molina, S. L., celebrada el día 18 de Febrero de 2.005, se adoptó por unanimidad, entre otros acuerdos, el de aprobación del Balance de escisión, cerrado el día 31 de Diciembre de 2.004, escisión que se produce a favor de las entidades Construcciones Luis Rivera Molina, S. L., y Alaria Residencial, S. L., ajustándose dicho acuerdo al Proyecto de Escisión Total elaborado y aprobado por el Organo de Administración de la sociedad escindida, y posteriormente depositado en el Registro Mercantil de Cádiz. Se advierte a los socios y acreedores de R. y L. Rivera Molina, S. L.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, les asiste el derecho de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Asimismo, conforme establece el artículo 243 del mismo texto legal, se informa expresamente del derecho de oposición que asiste a los acreedores de la sociedad mercantil R. y L. Rivera Molina, S. L. a oponerse a la presente escisión total en los términos previstos en el artículo 166 de la mencionada Ley.
Cádiz, 19 de febrero de 2005.-Administrador solidario, D. Rafael Rivera Molina.-7.002.
1.ª 28-2-2005
Escindida |
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Beneficiaria |
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R. Y L. RIVERA MOLINA SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.