Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 24 de diciembre del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA

Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso de acreedores núm. 1653/12 habiéndose dictado en fecha 2 de diciembre de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1653/12, promovido por la Procuradora Sra. Mazón Esteve, María José, en nombre y representación de la mercantil Pronova Urbana, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concusal doña María Ángeles Gil Chulvi, con DNI n.º 00000000X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Pronova Urbana, S.L., con CIF B-97443337, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 13 de septiembre de 2016.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 Ley Concursal).

Valencia, 2 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Empresa
  • PRONOVA URBANA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 02/12/2016  

IR A PRONOVA URBANA SL