Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 04 de abril del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal abreviado de la mercantil Promovemus, S.L., con Cif B-84052455, en los que se ha dictado con fecha 6 de marzo de 2013 auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo:
1.-Abrir la fase de liquidación de la concursada Promovemus, S.L., con Cif B 84052455, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2.-Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de adminsitración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
3.-Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.
5.-Inscribase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas /bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución.
6.-El oficio y edicto dirigido al Boletín Oficial del Estado, así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán al Procurador instante del concurso para su debida cumplimentación, quien deberá aportar a este juzgado un ejemplar del Boletín Oficial del Estado tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados.
7.-En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Y para que sirva de publicidad en forma expido el presente.
Madrid, 6 de marzo de 2013.- Secretiria Judicial.
| Empresa |
|