Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 03 de marzo del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 144/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad PROMORESIDENCIAL TORDERA CENTRE MM6, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto.- Concurso voluntario 144/2014 Sección C5.
NIG del Procedimiento.- 08019 47 1 2014 8000879.
Entidad Concursada.- PROMORESIDENCIAL TORDERA CENTRE MM6, S.L., con CIF n.º B64278195.
Tipo de Concurso.- Voluntario.
Fecha del Auto de Declaración.- 13 de febrero de 2014.
Administrador Concursal.- D LUIS MIR PARDO, con domicilio en Gran Vía de las Cortes Catalanas, 736, 2.º-4.ª, 08013 Barcelona (Barcelona), teléfono n.º 932374201, y con correo electrónico [email protected].
Facultades del Concursado.- Intervenidas.
Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 17 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
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