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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 09 de junio del 2014 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 06 de junio del 2014 con los datos de inscripción Diario: 107 Sección: C Pág: 8706 - 8707.


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 6 de junio de 2014, el accionista único de Isga Inmuebles, S.A., Sociedad Unipersonal, y las Juntas Generales y Universales de Fomenclar, S.L., Astillero El Navío, S.L., Promociones Royal La Sagrada, S.L., Promociones Royal Almazarro, S.L., Guimel Aragón, S.L., Nuevos Desarrollos Residenciales de La Albericia, S.L., Capitol León, S.L., Vial La Florida, S.L., Flores Alfinden, S.L., Guimel Burgo 2007, S.L., Nuevos Desarrollos Residenciales M3 Torrelavega, S.L., Capitol Promociones XXI, S.L., Fuster Yequeda, S.L., Residencial Almudevar, S.L., Nuevas Promociones La Galera, S.L., y Nuevas Promociones Sector 53, S.L. (sociedades absorbidas) han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción por parte de Isga Inmuebles, S.A., Sociedad Unipersonal, de las restantes sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio, a la Sociedad absorbente, y ampliación de capital de la misma.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados de conformidad con el Proyecto común de fusión elaborado y aprobado, en fecha 27 de mayo de 2014, por los Órganos de Administración de todas las sociedades implicadas y depositado en el Registro Mercantil de Gipuzkoa el 2 de junio de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 33/2009, al haberse adoptado los acuerdos de fusión en Junta Universal y por unanimidad, no ha sido necesaria la elaboración del Informe de Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Arrasate-Mondragón (Gipuzkoa), 6 de junio de 2014.- D. Pedro Enrique Madinabeitia del Río, Consejero Delegado de Fomenclar, S.L., y persona física representante de Caja Laboral Popular, Cooperativa de Crédito, Administradora Única de la sociedad absorbente y de Fomenclar, S.L., Administradora Única de Astillero El Navío, S.L, Promociones Royal La Sagrada, S.L., Promociones Royal Almazarro, S.L., Guimel Aragón, S.L., Nuevos Desarrollos Residenciales de La Albericia, S.L., Capitol León, S.L., Vial La Florida, S.L., Flores Alfinden, S.L., Guimel Burgo 2007, S.L., Nuevos Desarrollos Residenciales M3 Torrelavega, S.L., y Capitol Promociones XXI, S.L. y D. Francisco Velasco Linares, persona física representante de Fomenclar, S.L., Administradora Única de Fuster Yequeda, S.L., Residencial Almudevar, S.L., Nuevas Promociones La Galera, S.L., y Nuevas Promociones Sector 53, S.L.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 06/06/2014 Diario: 107 Sección: C Pág: 8706 - 8707 

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