954527199 964321655
CASTELLON A ZARAGOZA, s/n KM 6. 12190 BORRIOL. (CASTELLON). Ver mapa
CNAE 2331 - Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica
A82580952
03/02/2000
25 años
-
2.5M €
Castellón
Información sobre balances y cuentas de resultados de PORCELANATTO SA depositados en el Registro Mercantil de Castellón en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por PORCELANATTO SA o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
Procedimiento concursal | 17/2004. |
FIRME | Si, |
Fecha de resolución | 14/03/2006 |
Descripcion | Cese de las limitaciones de las facultades de administración. |
Juzgado | num. 4 1& INSTANCIA Nº 4 DE CASTELLON. |
Procedimiento concursal | 17/2004. |
FIRME | Si, |
Fecha de resolución | 14/03/2006 |
Descripcion | Auto de formación de la sección de calificación. |
Juzgado | num. 4 1& INSTANCIA Nº 4 DE CASTELLON. |
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Accionistas de la expresada sociedad, en su reunión de fecha 30 de mayo de 2005, acordó reducir el capital social en 23.613.618,08 euros, quedando fijado el capital social tras la reducción, en 7.994.077,92 euros. La finalidad de la reducción es el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio social, disminuido como consecuencia de pérdidas, mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones, pasando el valor nominal de cada una de ellas de 1 euro, a 0,27 euros.
En Borriol (Castellón) a, 22 de julio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración, Juan Picon García de Leániz.-41.555.
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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima", válidamente celebradas el 6 de marzo de 2001, han aprobado la fusión por absorción de la sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Porcelanatto, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida), de conformidad con el proyecto de fusión suscrito en fecha 1 de marzo de 2001, así como los Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2000, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última produciéndose la transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del mencionado acuerdo de fusión y de conformidad con el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad absorbente, adoptará la denominación de la sociedad absorbida, "Porcelanatto, Sociedad Anónima".
Del mismo modo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del mencionado acuerdo de fusión, la sociedad absorbente ampliará su objeto social añadiendo al mismo las siguientes actividades: "la fabricación, importación, comercialización, venta y distribución de pavimentos y revestimientos de gres o de cualquier otro tipo cerámico".
Los accionistas y acreedores de las sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo texto legal, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Castellón, 6 de marzo de 2001.-Los Consejos de Administración de "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima".-10.591. y 3.a 9-3-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima", válidamente celebradas el 6 de marzo de 2001, han aprobado la fusión por absorción de la sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Porcelanatto, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida), de conformidad con el proyecto de fusión suscrito en fecha 1 de marzo de 2001, así como los Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2000, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última produciéndose la transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del mencionado acuerdo de fusión y de conformidad con el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad absorbente, adoptará la denominación de la sociedad absorbida, "Porcelanatto, Sociedad Anónima".
Del mismo modo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del mencionado acuerdo de fusión, la sociedad absorbente ampliará su objeto social añadiendo al mismo las siguientes actividades: "la fabricación, importación, comercialización, venta y distribución de pavimentos y revestimientos de gres o de cualquier otro tipo cerámico".
Los accionistas y acreedores de las sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo texto legal, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Castellón, 6 de marzo de 2001.-Los Consejos de Administración de "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima".-10.591. 2.a 8-3-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima", válidamente celebradas el 6 de marzo de 2001, han aprobado la fusión por absorción de la sociedades "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y "Porcelanatto, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida), de conformidad con el proyecto de fusión suscrito en fecha 1 de marzo de 2001, así como los Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2000, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última produciéndose la transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del mencionado acuerdo de fusión y de conformidad con el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad absorbente, adoptará la denominación de la sociedad absorbida, "Porcelanatto, Sociedad Anónima".
Del mismo modo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que, en virtud del men cionado acuerdo de fusión, la sociedad absorbente ampliará su objeto social añadiendo al mismo las siguientes actividades: "la fabricación, importación, comercialización, venta y distribución de pavimentos y revestimientos de gres o de cualquier otro tipo cerámico".
Los accionistas y acreedores de las sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo texto legal, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Castellón, 6 de marzo de 2001.-Los Consejos de Administración de "Baiic Cartera Industrial, Sociedad Anónima" y "Porcelanatto, Sociedad Anónima".-10.591. 1.a 7-3-2001.
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PORCELANATTO SA inscrita en el Registro Mercantil de Castellón. y con domicilio en BorriolSu clasificación nacional de actividades económicas es Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.