Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 23 de abril del 2013 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa PIPIOLA CARTERA DE INVERSIONES SICAV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 17 de abril del 2013 con los datos de inscripción Diario: 076 Sección: C Pág: 3678 - 3679.
Por acuerdo del Consejo de Administración se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria que tendrá lugar en Madrid, calle Serrano, 88, a las doce horas del día 29 de mayo de 2013, en primera convocatoria, y en el mismo lugar y hora el día siguiente, 30 de mayo de 2013, si hubiese lugar, en segunda convocatoria, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación de las cuentas anuales, informe de gestión y propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad, correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2012. Aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio 2012.
Segundo.- Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias.
Tercero.- Autorización de operaciones previstas en el artículo 67 de la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Cuarto.- Modificación del artículo 13 de los Estatutos Sociales. Acuerdos a adoptar, en su caso.
Quinto.- Renuncia voluntaria de la Sociedad a su estatuto y condición de Institución de Inversión Colectiva. Aprobación, en su caso, de la solicitud de baja voluntaria en el Registro Administrativo de Sociedades de Inversión de Capital Variable y de exclusión de la negociación de las acciones de la sociedad del Mercado Alternativo Bursátil. Revocación, en su caso, del nombramiento de entidad gestora y entidad depositaria de la sociedad. Modificación del artículo 1 de los Estatutos Sociales.
Sexto.- Reducción del capital social mediante la amortización de las acciones propias que la Sociedad mantiene en autocartera, en su caso, y consiguiente modificación estatutaria.
Séptimo.- Modificación del objeto social, en su caso, y consiguiente modificación del artículo 2 de los Estatutos Sociales.
Octavo.- Traslado de domicilio social, en su caso, y consiguiente modificación del artículo 3 de los Estatutos Sociales.
Noveno.- Establecimiento de la cifra de capital social, en su caso, y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales.
Décimo.- Modificación de la representación de las acciones de la Sociedad mediante la reversión a títulos físicos de las anotaciones en cuenta y consiguiente modificación de los artículos afectados de los estatutos sociales. Revocación de la entidad encarga del registro contable de las acciones.
Undécimo.- Cambio del Órgano de Administración y correspondiente modificación del artículo 9 de los Estatutos Sociales, en su caso. Cese y nombramiento de Administradores.
Duodécimo.- Auditores de Cuentas. Acuerdos a adoptar, en su caso.
Decimotercero.- Derogación y refundición de los Estatutos Sociales de la Compañía, previa modificación o supresión de aquellos artículos estatutarios o parte de los mismos cuyo contenido es propio de una Sociedad de Inversión de Capital Variable.
Decimocuarto.- Delegación de facultades para la formalización, ejecución e inscripción, en su caso, de los acuerdos adoptados.
Decimoquinto.- Ruegos y preguntas.
Decimosexto.- Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la presente convocatoria cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que deben ser sometidos a la aprobación de la Junta, el informe de gestión y el informe de auditoría, así como examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y el informe sobre las mismas, y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos y los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Igualmente, se recuerda a los señores accionistas el derecho de asistencia que podrán ejercitar de conformidad con los Estatutos sociales y la legislación vigente. Las entidades depositarias de las acciones, deberán expedir las correspondientes tarjetas de asistencia.
Madrid, 17 de abril de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración.