Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 22 de noviembre del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1°.- Que en los autos seguidos en este Juzgado declaración de concurso 157/2011-R se ha dictado a instancias de Paneles y Complementos, S.L. en fecha 28 de octubre auto de declaración de concurso voluntario del deudor Paneles y Complementos, S.L., con CIF B-36988327, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en el libro 3.317, folio 170, hoja PO-42.755 y domicilio social en Polígono Industrial A. Granxa, n.° 55 de Porriño.
2°.- Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias autenticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).
Pontevedra, 8 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.
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