Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 05 de agosto del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 568/14, en el que se ha dictado con fecha 2/7/2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad OXIASFALT CUBIERTAS, S.L., con CIF B63992192 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 0819 - 47 - 1 - 2014 - 8001678.
Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso
Concursada: OXIASFALT CUBIERTAS, S.L., con domicilio en C. Xaloc, 3, bajos B, 08917 Badalona.
Administrador concursal: D.D.ª COMPASS ADVISERS, con domicilio en C. Muntaner, 231, 1-2B, 08021 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected].
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 8 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
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