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Información sobre balances y cuentas de resultados de OSJORBE SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por OSJORBE SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión Se hace público que las Juntas generales ordinarias y extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 29 de junio de 2001, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión por absorción, entre "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, y "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", así como "Danzas Fashion, Sociedad Limitada", como sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquiriendo la primera de ellas la totalidad del patrimonio de las restantes, sin que se produzca ningún aumento de capital en "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima".
Tampoco es preciso el establecimiento de relación de canje, ni procedimiento de canje, de acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se ha aprobado como Balance de fusión por cada una de las sociedades, el cerrado a 31 de diciembre de 2000 y que las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas por la absorbente a partir del 1 de enero de 2001.
Todo ello de conformidad con el proyecto de fusión por absorción, firmado en Santo Domingo de la Calzada el día 24 de marzo de 2001, que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Alicante y Barcelona.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, respectivamente, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable también a las sociedades limitadas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
No se otorga ningún derecho ni opción a que se refiere el artículo e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores.
Asimismo, se hace constar que en la citada Junta general de la sociedad absorbente, "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", se ha decidido cambiar la denominación social a "Danzas, Sociedad Anónima", que es denominación de una de las sociedades absorbidas, tal y como lo permite y prevé el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio.
Igualmente, se hace constar que se ha ampliado el objeto social en la sociedad absorbente, que ha quedado redactado en los siguientes términos: "Artículo 2.o El objeto de la sociedad es el depósito, conservación, custodia y distribución por cuenta ajena de las mercaderías, bienes y objetos que se le encomienden, la realización de toda clase de operaciones de comisionistas de tránsito, transitorios, cargas y descargas, transporte terrestre, marítimo y fluvial o aéreo, tanto nacional como internacional, con medios propios y/o ajenos, combinado o intermodal, tanto como Agente o mediador, con o sin servicios de recogida y entrega a domicilio, de fletamentos, de consignaciones, de aduanas, de manipulación y embalaje de los productos, de seguro y de grupajes. La sociedad podrá prestar servicios integrales de almacenamiento, distribución y manipulación de productos farmacéuticos y sanitarios, productos dietéticos, cosméticos e higiene, plaguicidas, medicamentos homeopáticos, veterinarios y plantas medicinales. Igualmente, podrá la sociedad adquirir, explotar y enajenar bienes inmuebles. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad." Madrid, a 29 de junio de 2001.-Los Consejeros de Administración de "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima"; "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; "Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", y "Danzas Fashion, Sociedad Limitada".-38.902.
y 3.a 20-7-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión Se hace público que las Juntas generales ordinarias y extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 29 de junio de 2001, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión por absorción, entre "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, y "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", así como "Danzas Fashion, Sociedad Limitada", como sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquiriendo la primera de ellas la totalidad del patrimonio de las restantes, sin que se produzca ningún aumento de capital en "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima".
Tampoco es preciso el establecimiento de relación de canje, ni procedimiento de canje, de acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se ha aprobado como Balance de fusión por cada una de las sociedades, el cerrado a 31 de diciembre de 2000 y que las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas por la absorbente a partir del 1 de enero de 2001.
Todo ello de conformidad con el proyecto de fusión por absorción, firmado en Santo Domingo de la Calzada el día 24 de marzo de 2001, que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Alicante y Barcelona.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, respectivamente, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable también a las sociedades limitadas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
No se otorga ningún derecho ni opción a que se refiere el artículo e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores.
Asimismo, se hace constar que en la citada Junta general de la sociedad absorbente, "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", se ha decidido cambiar la denominación social a "Danzas, Sociedad Anónima", que es denominación de una de las sociedades absorbidas, tal y como lo permite y prevé el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio.
Igualmente, se hace constar que se ha ampliado el objeto social en la sociedad absorbente, que ha quedado redactado en los siguientes términos: "Artículo 2.o El objeto de la sociedad es el depósito, conservación, custodia y distribución por cuenta ajena de las mercaderías, bienes y objetos que se le encomienden, la realización de toda clase de operaciones de comisionistas de tránsito, transitorios, cargas y descargas, transporte terrestre, marítimo y fluvial o aéreo, tanto nacional como internacional, con medios propios y/o ajenos, combinado o intermodal, tanto como Agente o mediador, con o sin servicios de recogida y entrega a domicilio, de fletamentos, de consignaciones, de aduanas, de manipulación y embalaje de los productos, de seguro y de grupajes. La sociedad podrá prestar servicios integrales de almacenamiento, distribución y manipulación de productos farmacéuticos y sanitarios, productos dietéticos, cosméticos e higiene, plaguicidas, medicamentos homeopáticos, veterinarios y plantas medicinales. Igualmente, podrá la sociedad adquirir, explotar y enajenar bienes inmuebles. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad." Madrid, a 29 de junio de 2001.-Los Consejeros de Administración de "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima"; "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; "Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", y "Danzas Fashion, Sociedad Limitada".-38.902.
2.a 19-7-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión Se hace público que las Juntas generales ordinarias y extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 29 de junio de 2001, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión por absorción, entre "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, y "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", así como "Danzas Fashion, Sociedad Limitada", como sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquiriendo la primera de ellas la totalidad del patrimonio de las restantes, sin que se produzca ningún aumento de capital en "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima".
Tampoco es preciso el establecimiento de relación de canje, ni procedimiento de canje, de acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se ha aprobado como Balance de fusión por cada una de las sociedades, el cerrado a 31 de diciembre de 2000 y que las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas por la absorbente a partir del 1 de enero de 2001.
Todo ello de conformidad con el proyecto de fusión por absorción, firmado en Santo Domingo de la Calzada el día 24 de marzo de 2001, que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Alicante y Barcelona.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, respectivamente, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable también a las sociedades limitadas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
No se otorga ningún derecho ni opción a que se refiere el artículo e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores.
Asimismo, se hace constar que en la citada Junta general de la sociedad absorbente, "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima", se ha decidido cambiar la denominación social a "Danzas, Sociedad Anónima", que es denominación de una de las sociedades absorbidas, tal y como lo permite y prevé el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio.
Igualmente, se hace constar que se ha ampliado el objeto social en la sociedad absorbente, que ha quedado redactado en los siguientes términos: "Artículo 2.o El objeto de la sociedad es el depósito, conservación, custodia y distribución por cuenta ajena de las mercaderías, bienes y objetos que se le encomienden, la realización de toda clase de operaciones de comisionistas de tránsito, transitorios, cargas y descargas, transporte terrestre, marítimo y fluvial o aéreo, tanto nacional como internacional, con medios propios y/o ajenos, combinado o intermodal, tanto como Agente o mediador, con o sin servicios de recogida y entrega a domicilio, de fletamentos, de consignaciones, de aduanas, de manipulación y embalaje de los productos, de seguro y de grupajes. La sociedad podrá prestar servicios integrales de almacenamiento, distribución y manipulación de productos farmacéuticos y sanitarios, productos dietéticos, cosméticos e higiene, plaguicidas, medicamentos homeopáticos, veterinarios y plantas medicinales. Igualmente, podrá la sociedad adquirir, explotar y enajenar bienes inmuebles. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad." Madrid, a 29 de junio de 2001.-Los Consejeros de Administración de "Nedlloyd Roqué, Sociedad Anónima"; "Danzas, Sociedad Anónima"; "Osjorbe, Sociedad Limitada"; "Danzas AEI, Sociedad Anónima"; "Iberfreight Ruta, Sociedad Limitada", y "Danzas Fashion, Sociedad Limitada".-38.902.
1.a 18-7-2001.
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