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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 04 de julio del 2022 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa ORIGEN DIGITAL SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 24 de junio del 2022 con los datos de inscripción T 4592, F 202, S 8, H Z 70166, I/A 2.


Modificaciones estatutarias

ORIGEN DIGITAL SL

Transmisión voluntaria por actos "inter vivos". A.- Será libre la transmisión voluntaria de participaciones que no lleven aparejada prestación accesoria por actos "inter vivos" entre socios o enfavor de sociedades pertenecientes al mismo grupo que la transmitente. B.- En tos demás casos, la Artículo 12º.- CONVOCATORIA. A- La Junta General será convocada por los administradores y, en su caso, por los liquidadores de la sociedad. B.- Los administradores convocarán la Junta General para su celebración dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio con el fin de censurar la gestión Artículo 13. bis. Asistencia telemática a las Juntas. Con independencia de lo señalado en relación con las Juntas presenciales, en todo caso resultará posible la asistencia de los socios a la junta por medios telemáticos. La Sociedad establecerá los medios que garantizarán debidamente la identidad Artículo 13.Ter. Junta Exclusivamente telemática. Adicionalmente a lo previsto en el artículo anterior, cabrá que los administradores convoquen Juntas para ser celebradas sin asistencia física de los socios o sus representantes. En lo no previsto en este artículo, las Juntas exclusivamente Artículo 20º.- RETRIBUCION. El cargo del administrador es retribuido. La retribución consiste en una cantidad fija que será acordada anualmente mediante un acuerdo de la Junta General de socios. A tales efectos, la Junta General podrá aprobar un importe máximo de la remuneración anual del órgano de Artículo 23. Bis. Derechos de los Socios. Acceso a la documentación soporte de las cuentas anuales. El socio o socios de la Sociedad que representen, al menos, el TREINTA POR CIENTO del capital social podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que Artículo 23. Ter. Supresión del derecho de separación por falta de reparto de dividendos. En el supuesto en el que, transcurrido el quinto ejercido social contado desde la inscripción en el Registro Mercantil de la Sociedad, la Junta General de Socios no acordara, la distribución de dividendos que,.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 24/06/2022 T 4592, F 202, S 8, H Z 70166, I/A 2 

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