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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 14 de abril del 2023 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa OPERADOR DEL MERCADO IBERICO DE ENERGIA POLO ESPAÑOL SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 31 de marzo del 2023 con los datos de inscripción Diario: 71 Sección: 2 Pág: 1862 - 1865.


Anuncio de convocatoria de Junta

OPERADOR DEL MERCADO IBERICO DE ENERGIA POLO ESPAÑOL SA

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas. En virtud de acuerdo del Consejo de Administración de esta Sociedad, de fecha 31 de marzo de 2023, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, a celebrar en la sede social de la Compañía, calle Alfonso XI, número 6, 28014 Madrid, el día 17 de mayo de 2023, a las 11:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente, 18 de mayo de 2023, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas anuales -Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria- correspondientes al ejercicio económico cerrado al 31 de diciembre de 2022.

Segundo.- Aplicación de los resultados correspondientes al ejercicio económico cerrado al 31 de diciembre de 2022.

Tercero.- Examen y, en su caso, aprobación de la gestión realizada por el Consejo de Administración durante el ejercicio social de 2022.

Cuarto.- Nombramiento, reelección y cese de Consejeros.

Quinto.- Modificación de los Estatutos sociales. En particular, modificación de los siguientes artículos de los Estatutos sociales de la Sociedad: 1. Modificación del artículo 1 (denominación y régimen jurídico). 2. Modificación del artículo 2 (objeto social). 3. Modificación del artículo 3 (domicilio social). 4. Modificación del artículo 4 (duración). 5. Modificación del artículo 5 (capital social). 6. Modificación del artículo 6 (títulos de las acciones y libro registro de acciones nominativas). 7. Modificación del artículo 7 (derechos que confieren las acciones). 8. Modificación del artículo 8 (prestaciones accesorias o derivadas de imperativo legal). 9. Supresión del artículo 9 (incumplimientos). 10. Modificación del artículo 10 (restricciones a la transmisibilidad de las acciones). 11. Modificación del artículo 11 (régimen especial de acceso de nuevos socios a la compañía). 12. Modificación del artículo 12 (órganos de la compañía). 13. Modificación del artículo 13 (junta general de accionistas). 14. Modificación del artículo 14 (clases de juntas). 15. Modificación del artículo 15 (convocatoria). 16. Modificación del artículo 16 (junta universal). 17. Modificación del artículo 17 (asistencia a las juntas). 18. Modificación del artículo 18 (quorum). 19. Modificación del artículo 19 (constitución de la mesa y modo de deliberar). 20. Modificación del artículo 20 (actas). 21. Modificación del artículo 21 (órganos de administración). 22. Modificación del artículo 22 (del consejo de administración). 23. Modificación del artículo 23 (funcionamiento del consejo de administración). 24. Supresión del artículo 24 (delegación de facultades). 25. Modificación del artículo 25 (incompatibilidades por conflicto de intereses de los consejeros). 26. Modificación del artículo 26 (facultades del consejo de administración). 27. Modificación del artículo 27 (del presidente de la compañía). 28. Modificación del artículo 28 (ejercicio social). 29. Modificación del artículo 29 (formulación de cuentas). 30. Modificación del artículo 31 (aprobación de las cuentas y distribución de los beneficios). 31. Modificación del artículo 32 (depósito de los documentos contables). 32. Modificación del artículo 33 (causas de disolución de la sociedad). 33. Modificación del artículo 34 (normas y forma de la liquidación). 34. Modificación del artículo 35 (ámbito de estos estatutos). 35. Refundición de los Estatutos Sociales en un texto único para incluir las modificaciones introducidas en los anteriores puntos.

Sexto.- Creación de la página web corporativa de la Sociedad. Delegación en el consejo de administración la elección de la dirección URL o sitio en la web corporativa.

Séptimo.- Designación de Auditores de Cuentas.

Octavo.- Fijación de retribuciones del Consejo de Administración.

Noveno.- Atribución de facultades para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta y concesión de facultades para la elevación a instrumento público y formalización de tales acuerdos.

Décimo.- Ruegos y preguntas.

Undécimo.- Lectura y, en su caso, aprobación del Acta de la reunión.

Asimismo, se pone en conocimiento de los accionistas que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 15 de los estatutos sociales, aquellos accionistas que representen, al menos un cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que deberá recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. El complemento de la convocatoria se publicará con quince (15) días de antelación, como mínimo, a la fecha señalada para la celebración de la Junta. De acuerdo con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Podrán asistir a la Junta General los accionistas titulares de más de 6.666 acciones que figuren inscritos en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Compañía con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta. Los accionistas podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. Las delegaciones conferidas a la Presidenta o a cualquier miembro del Consejo de Administración deberán contener las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no impartirse éstas, el representante votará a favor de las propuestas de acuerdos presentadas por el Consejo de Administración. De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos sociales, en relación al artículo 182 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado habilitar la posibilidad de que los accionistas puedan asistir a la Junta General por medios telemáticos (videoconferencia o conferencia telefónica múltiple) que permitan la conexión en tiempo real con el lugar donde se desarrolle la Junta General y que garanticen debidamente la identidad del sujeto. En este sentido, se hace constar que se procederá a informar oportunamente y con la suficiente antelación a todos y cada uno de los accionistas de la Sociedad de la posibilidad de asistir telemáticamente. Con la finalidad de permitir la adecuada gestión de los sistemas de asistencia telemática, el accionista podrá conectarse a través del sistema telemático que le será comunicado por la Sociedad previamente e identificarse según se le indique en las instrucciones correspondientes. La Sociedad informará oportunamente y con la suficiente antelación, a todos y cada uno de sus accionistas, de las instrucciones técnicas y datos requeridos para la valida formalización de la asistencia telemática a la Junta, así como de cuantas otras medidas resulten necesarias en función de las resoluciones o recomendaciones que puedan emitir las autoridades competentes. Los socios que ejerzan el derecho de asistencia remota a la Junta General de Accionistas por medios telemáticos, conforme a lo aquí previsto, serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta. La interrupción de la comunicación, por circunstancias técnicas o por razones de seguridad derivadas de circunstancias sobrevenidas, no podrá ser invocada como privación ilegítima de los derechos del socio, ni como causa de impugnación de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas. Las intervenciones, propuestas o solicitud de informaciones o aclaraciones que tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, podrán remitirse a la Secretaria, por escrito, con anterioridad a la celebración de la Junta. En el caso de que el interviniente quiera que su intervención figure literalmente en el acta de la reunión deberá hacerlo constar expresamente en el texto de aquélla. Sin perjuicio de lo anterior, los asistentes por medios telemáticos podrán formular las intervenciones, solicitudes y propuestas que considere oportunas verbalmente durante la Junta. Aquellas personas que asistan telemáticamente podrán emitir su voto sobre las propuestas de acuerdo a partir del momento que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación. La emisión del voto se hará de viva voz (a favor, en contra u abstención). Todas estas medidas son compatibles con el cumplimiento de las obligaciones societarias y garantizan plenamente los derechos políticos de los accionistas. De conformidad con lo establecido en el artículo 197 bis 2 b) de la Ley de Sociedades de Capital se votará por separado la modificación de cada artículo estatutario o grupo de artículos que tengan autonomía propia. Se hace constar el derecho que corresponde a los señores accionistas de examinar en el domicilio social las Cuentas Anuales y el Informe de los Auditores de Cuentas de la Sociedad, el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y el informe de administradores sobre las mismas, así como todos aquellos documentos que deban ser sometidos a la aprobación de la Junta, así como de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Los datos personales que los accionistas faciliten a la Sociedad en el ejercicio de sus derechos de información, asistencia, representación y voto en la Junta General de Accionistas, tienen como exclusiva finalidad y fundamento legítimo el tratamiento de la gestión de la convocatoria de la Junta General y su celebración y se tratarán bajo la base de legitimación de la ejecución de la relación contractual accionarial. La sociedad garantiza en todo momento el ejercicio por el interesado de sus correspondientes derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad. En caso de no obtener satisfacción en el ejercicio de sus derechos podrán presentar una reclamación ante la autoridad de control en materia de protección de datos, Agencia Española de Protección de Datos (http://www.agpd.es) Se informa a los Sres. accionistas que la Sociedad estima que previsiblemente exista quórum de asistencia suficiente para la celebración de la Junta General en primera convocatoria.

Madrid, 31 de marzo de 2023.- La Secretaria del Consejo de Administración, Alba M.ª Taboada García.

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Fecha inscripción: 31/03/2023 Diario: 71 Sección: 2 Pág: 1862 - 1865 

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