Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 26 de mayo del 2008 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa RENDER ENERGIAS RENOVABLES SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 14 de mayo del 2008 con los datos de inscripción .
Junta general extraordinaria
Render Energías Renovables, S.A., convoca a los señores accionistas de esta sociedad anónima para celebrar Junta general extraordinaria de accionistas que tendrá lugar el próximo 10 de junio, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y el 11 de junio, a las 12:00 horas, en segunda convocatoria, en la sede social de la empresa en Navalmoral de la Mata, sita en la calle Berrocalejo, número cinco, de conformidad al siguiente
Orden del día
Primero.-Aumento de capital social de la entidad en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente:
1. Ampliación de capital social en la cifra de 300.000 euros, mediante la emisión de 300.000 acciones de un euro de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente del 61.001 al 361.000, ambos inclusive, con los mismos derechos que las preexistentes. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal.
2. Los accionistas son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones, y a razón de 4,9178 acciones nuevas por cada una antigua. 3. Los señores accionistas pueden usar de su derecho de suscripción preferente en el plazo de quince días contando desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. 4. Durante el citado plazo los accionistas que deseen ejercitar su derecho de adquisición preferente, deberán realizarlo mediante ingreso del importe que corresponda en la cuenta que la Sociedad tiene abierta en la Entidad Banco Santander, sucursal de Navalmoral de la Mata. 5. Transcurrido el plazo indicado para la suscripción y desembolso, las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración a aquellos accionistas que sí hubieren ejercitado su derecho de adquisición preferente, durante un nuevo plazo no superior a quince días a contar desde la conclusión del plazo señalado en el punto tercero anterior, facultándose al órgano de administración, para que adjudique dichas acciones a prorrata, en función de su participación en el capital social. 6. Para el supuesto de que no hubieran suscrito la totalidad de las acciones se aumentará y adecuará el capital social únicamente en la cuantía de las suscripciones finalmente formalizadas. Por lo tanto, se prevé expresamente el aumento incompleto conforme a lo dispuesto en artículo 161.1 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad con lo previsto en artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
Navalmoral de la Mata, 14 de mayo de 2008.-Presidente, Francisco Javier Encabo García.-32.565.