937143558
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B60821428
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de OBRAS RIBAS SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por OBRAS RIBAS SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Socios de Obras Ribas, S. L., celebrada con carácter universal el pasado 4 de julio de 2005, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de escindir totalmente la compañía, mediante su extinción y división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a las sociedades beneficiarias de la misma, ya existentes, Construccions Estil Rivas, S. L., y Rivas-Barragán, S. L. El acuerdo de escisión se adoptó con base en el Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil, el día 27 de junio de 2005, y en el Balance de escisión de la compañía, cerrado a 19 de mayo de 2005.
Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, Obras Ribas, S. L., y de las beneficiarias, Construccions Estil Rivas, S. L. y Rivas-Barragán, S. L. podrán solicitar el texto íntegro del acuerdo adoptado, y del Balance de escisión. Los acreedores de las mismas, podrán, asimismo, oponerse a ella, en el plazo y términos previstos en los artículos 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Castellar del Vallés, 6 de julio de 2005.-La Administradora única, María Teresa Ribas Barragán.-39.310
2.ª 21-7-2005
Escindida |
|
Beneficiaria |
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Socios de Obras Ribas, S. L., celebrada con carácter universal el pasado 4 de julio de 2005, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de escindir totalmente la compañía, mediante su extinción y división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a las sociedades beneficiarias de la misma, ya existentes, Construccions Estil Rivas, S. L., y Rivas-Barragán, S. L. El acuerdo de escisión se adoptó con base en el Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil, el día 27 de junio de 2005, y en el Balance de escisión de la compañía, cerrado a 19 de mayo de 2005.
Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, Obras Ribas, S. L., y de las beneficiarias, Construccions Estil Rivas, S. L. y Rivas-Barragán, S. L. podrán solicitar el texto íntegro del acuerdo adoptado, y del Balance de escisión. Los acreedores de las mismas, podrán, asimismo, oponerse a ella, en el plazo y términos previstos en los artículos 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Castellar del Vallés, 6 de julio de 2005.-La Administradora única, María Teresa Ribas Barragán.-39.310
2.ª 21-7-2005
Escindida |
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Beneficiaria |
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Socios de Obras Ribas, S. L., celebrada con carácter universal el pasado 4 de julio de 2005, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de escindir totalmente la compañía, mediante su extinción y división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a las sociedades beneficiarias de la misma, ya existentes, Construccions Estil Rivas, S. L., y Rivas-Barragán, S. L. El acuerdo de escisión se adoptó con base en el Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil, el día 27 de junio de 2005, y en el Balance de escisión de la compañía, cerrado a 19 de mayo de 2005.
Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, Obras Ribas, S. L., y de las beneficiarias, Construccions Estil Rivas, S. L. y Rivas-Barragán, S. L. podrán solicitar el texto íntegro del acuerdo adoptado, y del Balance de escisión. Los acreedores de las mismas, podrán, asimismo, oponerse a ella, en el plazo y términos previstos en los artículos 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Castellar del Vallés, 6 de julio de 2005.-La Administradora única, María Teresa Ribas Barragán.-39.310
.1.ª 20-7-2005
Escindida |
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Beneficiaria |
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