Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 15 de octubre del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 723/13D y NIG número 07040 47 1 2013 0001064 se ha dictado en fecha 23/09/13 auto de declaración de concurso del deudor Nominación, S.L., con CIF B-07585508, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Bartomeu Rosselló Porcel, 19, Palma de Mallorca, y de Rent Abelia, S.L., con CIF B07935281, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Camí de Jesús, n.º 70, del Polígono de Ca'n Valero, de Palma de Mallorca.
2º.- Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.
3º.- Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Estruch Consultores Mercantiles, S.L.P., con CIF B-07065105, en cuyo nombre el Titulado Mercantil, abogado y auditor de cuentas don Juan José Estruch Escriva ha aceptado el cargo con fecha 09 de octubre de 2013.
4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Cirilo Amorós, 42, 6.º 12 46004 Valencia o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 10 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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