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CNAE 5917 - Actividades de distribución cinematográfica y de vídeo
A78024056
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Información sobre balances y cuentas de resultados de NODAY SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NODAY SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de "Naiff, S. A." y "Noday, S. A." (Sociedad unipersonal), celebradas el día 28 de junio de 2002, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de "Noday, S. A." (Sociedad Unipersonal) por "Naiff, S. A.", de acuerdo con el Proyecto depositado en el Registro Mercantil de Madrid, de fecha 12 de junio de 2002, en el que consta que no procede aumento de capital, ni se atribuyen derechos especiales o ventajas de clase alguna.
Se hace constar que, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores, de acuerdo con el artículo 243 de la misma Ley.
Madrid, 2 de julio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración y Administrador solidario.-34.729. y 3.a 26-7-2002.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de "Naiff, S. A." y "Noday, S. A." (Sociedad unipersonal), celebradas el día 28 de junio de 2002, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de "Noday, S. A." (Sociedad Unipersonal) por "Naiff, S. A.", de acuerdo con el Proyecto depositado en el Registro Mercantil de Madrid, de fecha 12 de junio de 2002, en el que consta que no procede aumento de capital, ni se atribuyen derechos especiales o ventajas de clase alguna.
Se hace constar que, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores, de acuerdo con el artículo 243 de la misma Ley.
Madrid, 2 de julio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración y Administrador solidario.-34.729. 2.a 25-7-2002.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de "Naiff, S. A." y "Noday, S. A." (Sociedad unipersonal), celebradas el día 28 de junio de 2002, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de "Noday, S. A." (Sociedad Unipersonal) por "Naiff, S. A.", de acuerdo con el Proyecto depositado en el Registro Mercantil de Madrid, de fecha 12 de junio de 2002, en el que consta que no procede aumento de capital, ni se atribuyen derechos especiales o ventajas de clase alguna.
Se hace constar que, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores, de acuerdo con el artículo 243 de la misma Ley.
Madrid, 2 de julio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración y Administrador solidario.-34.729. 1.a 24-7-2002.
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