Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 25 de enero del 2021 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa NIVELACIONES Y COMPACTACIONES J J OLIVA SLL, inscrito en el Registro Mercantil el día 18 de enero del 2021 con los datos de inscripción T 836, L 600, F 33, S 8, H AB 14018, I/A 4.
La sociedad NIVELACIONES Y COMPACTACIONES J J OLIVA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL pierde el carácter de laboral pasando a llamarse NIVELACIONES Y COMPACTACIONES J J OLIVA SOCIEDAD LIMITAD Artículo de los Estatutos: ARTICULO 1º.- DENOMINACION. La Sociedad tendrá la denominación de NIVELACIONES Y COMPACTACIONES J J OLIVA LIMITADA .Se regirá por los presentes ARTICULO 5º.- CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en la cantidad de NUEVE MIL TREINTA EUROS, desembolsado en su totalidad, dividido en 1.806 participaciones sociales, íntegramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal de cinco euros cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 1.806, inclusive.. ARTICULO 6º.- TRANSMISION DE PARTICIPACIONES.1.- REGIMEN GENERAL. A) Las participaciones sociales serán transmisibles en la forma prevista por la Ley y estos Estatutos. B) La transmisión de las participaciones sociales, así como la constitución del derecho real de prenda sobre las mismas, deberán constar en documento público. La constitución de derechos realARTICULO 9º.- ADMINISTRACION. 1.- Estructura del órgano de administración: La gestión y representación de la Sociedad se encomendará por la Junta General, en virtud de acuerdo adoptado con las mayorías previstas para la modificación ordinaria de los Estatutos, pero sin que suponga alteración de su texto, el cual deberá consignarse en escritura pública e inscARTICULO 12º.- DERECHO DE ASUNCION PREFERENTE DE PARTICIPACIONES EN CASO DE AUMENTO DE CAPITAL. En caso de aumento del capital social representado por nuevas participaciones sociales, los socios podrán ejercitar en la forma prevista por la Ley, el derecho de asumir un número de participaciones proporcional al valor nominal de las que posean. Este derecho serRTICULO 15º.- DISPOSICIONES ECONOMICAS. A) Cada ejercicio social se terminará y cerrará el día 31 de diciembre de cada año. B) Los Administradores deberán llevar los libros sociales y de contabilidad y redactar las cuentas anuales y el informe de gestión con arreglo a lo previsto en la Ley. C) Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser firmados. |