Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 10 de junio del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 458/14, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Naucca Caravaning, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 458/2014, Sección c1.
NIG del asunto: 08019-47-1-2014-8003711.
Entidad de la concursada: Naucca Caravaning, S.A., con CIF n.º A63028682.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 26 de abril de 2014.
Administradores concursales: D. Pedro Borras Olave, con domicilio profesional en Via Laietana, 51, 1.º 4.ª, 08003 Barcelona, n.º de teléfono 934815502, n.º de fax 934521575, con dirección electrónica [email protected].
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrán efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contra desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 28 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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