936530508
CNAE 7022 - Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
A58491093
-
-
-
0.5M €
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de NALTRES SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NALTRES SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción impropia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las mercantiles "GS-Gespart, Sociedad Limitada" y "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas todas ellas en fecha 23 de julio de 2004, se aprobó, por unanimidad, previo informe del Órgano de Administración de las dos entidades, la fusión por absorción por "GS-Gespart, Sociedad Limitada" de "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", mediante su disolución sin liquidación.
La fusión por absorción se ha acordado sobre la base del proyecto de fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Barcelona, con los balances cerrados a 30 de abril de 2004. La presente fusión por absorción tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2004.
No se otorgan derechos especiales para ningún tipo de acciones, no existen titulares de derechos especiales ni se atribuyen ventajas a los Órganos de Administración.
Se advierte a los socios y acreedores, así como a los representantes de los trabajadores, de las sociedades que se fusionan que tienen derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión así como el resto de documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión hasta que se les garanticen sus créditos, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Andreu de la Barca, 20 de julio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de la entidad "GS-Gespart, Sociedad Limitada", doña Carmen Bragulat Bruguera, el Administrador Solidario de la entidad "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", don Amadeo Roigé Bragulat.-37.278.
y 3.a 28-7-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión por absorción impropia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las mercantiles "GS-Gespart, Sociedad Limitada" y "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas todas ellas en fecha 23 de julio de 2004, se aprobó, por unanimidad, previo informe del Órgano de Administración de las dos entidades, la fusión por absorción por "GS-Gespart, Sociedad Limitada" de "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", mediante su disolución sin liquidación.
La fusión por absorción se ha acordado sobre la base del proyecto de fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Barcelona, con los balances cerrados a 30 de abril de 2004. La presente fusión por absorción tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2004.
No se otorgan derechos especiales para ningún tipo de acciones, no existen titulares de derechos especiales ni se atribuyen ventajas a los Órganos de Administración.
Se advierte a los socios y acreedores, así como a los representantes de los trabajadores, de las sociedades que se fusionan que tienen derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión así como el resto de documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión hasta que se les garanticen sus créditos, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Andreu de la Barca, 20 de julio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de la entidad "GS-Gespart, Sociedad Limitada", doña Carmen Bragulat Bruguera, el Administrador Solidario de la entidad "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", don Amadeo Roigé Bragulat.-37.278.
2.a 27-7-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión por absorción impropia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las mercantiles "GS-Gespart, Sociedad Limitada" y "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas todas ellas en fecha 23 de julio de 2004, se aprobó, por unanimidad, previo informe del Órgano de Administración de las dos entidades, la fusión por absorción por "GS-Gespart, Sociedad Limitada" de "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", mediante su disolución sin liquidación.
La fusión por absorción se ha acordado sobre la base del proyecto de fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Barcelona, con los balances cerrados a 30 de abril de 2004. La presente fusión por absorción tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2004.
No se otorgan derechos especiales para ningún tipo de acciones, no existen titulares de derechos especiales ni se atribuyen ventajas a los Órganos de Administración.
Se advierte a los socios y acreedores, así como a los representantes de los trabajadores, de las sociedades que se fusionan que tienen derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión así como el resto de documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión hasta que se les garanticen sus créditos, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sant Andreu de la Barca, 20 de julio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de la entidad "GS-Gespart, Sociedad Limitada", doña Carmen Bragulat Bruguera, el Administrador Solidario de la entidad "Naltres, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", don Amadeo Roigé Bragulat.-37.278.
1.a 26-7-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | ![]() | ![]() | ![]() |
Información mercantil y comercial | ![]() Completa | ![]() Completa | ![]() Básica |
Administradores y dirigentes | ![]() | ![]() | ![]() Solo dirigentes |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | ![]() | ![]() | ![]() |
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | ![]() | ![]() | ![]() |
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | ![]() | ![]() | ![]() |
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | ![]() Completo | ![]() Extracto | ![]() |
Ratios y magnitudes económico-financieras | ![]() Completo | ![]() Extracto | ![]() |
Representación gráfica de empresas relacionadas | ![]() | ![]() | ![]() |
Comparativa del balance con la media del sector | ![]() | ![]() | ![]() |
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | ![]() | ![]() | ![]() |
Fuentes de financiación y avales | ![]() | ![]() | ![]() |
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | ![]() | ![]() | ![]() |
Acceder | Acceder | Acceder |
NALTRES SAU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades de consultoría de gestión empresarial.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.