Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 17 de febrero del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 929/2013, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad MULTINAU 2000, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto. - Concurso voluntario 929/2013, Sección C4.
NIG del procedimiento.- 0801947120138004256.
Entidad concursada.- Multinau 2000, S.L., con CIF n.º B61257184.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del Auto de declaración.- 13/12/2013.
Administrador/es concursal/es.- Alberto Díaz Pérez, DNI n.º 00000000X, con domicilio en Av. Diagonal, 453 bis, entlo., 08036 Barcelona, teléfono 934390800 y correo electrónico [email protected].
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 29 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
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