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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 29 de marzo del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CASTELLON DE LA PLANA

Edicto.

Don Jorge González Rodríguez, letrado de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por auto de fecha 22-12-2015, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000572/2011 N.I.G. n.º 12040-66-2-2011-0000699, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Mibalia Creatividad, S.L.", domiciliado en calle Lairon, 33 C. Transporte Cs y C.I.F./D.N.I. número B12450318.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado ademas de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"...1.- Se declara la Conclusión del presente concurso de Mibalia Creatividad, S.L."seguido bajo el numero Concurso Abreviado número 000572/2011-II., y el archivo de las presentes actuaciones a todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.- Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal, así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.- En particular, Acordar la Extinción de la entidad Mibalia Creatividad SL"., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.- El presente Auto se notificara mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicación prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.- Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno(articulo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).

Magistrado Letrado de la Administración de Justicia.."

Castellón, 10 de marzo de 2016.- El Letrado dlaj.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 10/03/2016  

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