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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 20 de enero del 2026 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa MERCADOS DEL PONIENTE SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 08 de enero del 2026 con los datos de inscripción S 8, H AL 10264, I/A 43.


Modificaciones estatutarias

MERCADOS DEL PONIENTE SA

Artículo 21.- 1.- 1.- Mientras no exista Web Corporativa, la Junta General será convocada por medio de telegrama, burofax, ambos con aviso de recibo, o cualquier otro medio fehaciente que acredite la recepción de la convocatoria, dirigido a los socios en el domicilio designado al efecto o, en su defecto, el que conste en el Libro registro, e indicando el nomArtículo 16.- .- Los órganos de la Sociedad son la Junta General de Accionistas y el Organo de Administración." . Artículo 28.- La administración y representación de la sociedad en juicio o fuera de él es competencia del órgano de administración. La representación se extenderá a todos los actos comprendidos en el objeto social delimitado en los estatutos. Cualquier limitación de las facultades representativas de los administradores, aunque se halle inscrita en el RegistArtículo 30.- Para ser nombrado administrador no se requerirá la condición de accionista. No podrán ocupar ni ejercer cargos en la sociedad las personas comprendidas en alguna de las prohibiciones, incapacidades o incompatibilidades establecidas por el artículo 213 TRLSC o por otras disposiciones legales vigentes, en la medida y condiciones que en cada casoARTICULO 31.- Los administradores ejercerán su cargo por período de SEIS AÑOS y deberá ser igual para todos ellos. . Artículo 31 bis.- RETRIBUCION DEL CARGO. 1..- El cargo de administrador/es es retribuido. La remuneración de los administradores será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General de conformidad y con los límites establecidos en el artículo 217 del TRLSC. En este sentido dicha remuneración deberá de consistir en una cantidad alzada y fija y no eArtículo 31 ter.- Los deberes de los administradores se regularán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 225 y siguientes del TRLSC. A estos efectos el régimen relativo al deber de lealtad y a la responsabilidad por su infracción regulado en el artículo 229 TRLSC es imperativo, por lo que no serán válidas las disposiciones estatutarias que lo limitArtículo 31 quater.- Cuando la administración y representación de la sociedad se atribuyan a un Consejo de Administración se aplicarán las siguientes normas: 1.- Composición. El Consejo estará compuesto por un número mínimo de 3 consejeros, y máximo de 9. 2.- Cargos. El Consejo, si la Junta General no los hubiese designado, elegirá de entre sus miembros u. Artículo 31 quinquies.- Las normas establecidas en el artículo precedente sobre el funcionamiento del Consejo de Administración, especialmente en lo que se refiere a la creación de un área privada para el mismo a través de la Web Corporativa, la delegación de voto, voto a distancia y asistencia a sesiones por medios telemáticos, serán aplicadas analógicament.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 08/01/2026 S 8, H AL 10264, I/A 43 

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