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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 15 de octubre del 2010 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa MENORCA BASQUET SAD, inscrito en el Registro Mercantil el día 14 de septiembre del 2010 con los datos de inscripción Diario: 199 Sección: C Pág: 32261 - 32262.


Anuncio de convocatoria de Junta

MENORCA BASQUET SAD

El Consejo de Administración de "Menorca Basquet, Sociedad Anónima Deportiva", de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2010, ha acordado convocar a sus accionistas a Junta General Ordinaria, que se celebrará en Maó, en primera convocatoria, el día 17 de Noviembre de 2010, a las veinte horas, en los locales del Club Marítimo de Mahón (calle Moll de Llevant, 287 Maó) o, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, el 18 de Noviembre de 2010, en el mismo local y hora, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente:

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales de la Sociedad correspondientes al ejercicio cerrado a 30 de Junio de 2010.

Segundo.- Propuesta y aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación de resultados formulada por el Consejo de Administración.

Tercero.- Censura y aprobación, si procede, de la gestión social llevada a cabo por el Consejo de Administración durante el ejercicio finalizado el 30 de Junio de 2010.

Cuarto.- Ratificar, si procede, el nombramiento por coaptación de un miembro del Consejo de Administración, así como el nombramiento de tres nuevos miembros dentro de los límites establecidos en los Estatutos Sociales.

Quinto.- Exposición y aprobación en su caso de los préstamos participativos formalizados por el Consejo de Administración en sesión del pasado 26 de Junio de 2010.

Sexto.- Aprobar, si procede, la propuesta de ampliación de Capital en los términos fijados en el Informe de los Administradores según acuerdo del Consejo de Administración celebrado el 1 de Septiembre de 2010.

Séptimo.- Modificación del artículo 5 de los estatutos sociales relativo al capital social.

Octavo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, delegación en el Consejo de Administración de las facultades necesarias para determinar las condiciones del aumento de capital en los extremos que no queden fijados por la Junta General, así como proceder a su ejecución, dentro del plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de adopción del acuerdo correspondiente, así como para la formalización, ejecución y, en su caso, subsanación, de los citados acuerdos hasta conseguir su inscripción en el Registro Mercantil.

Noveno.- Ruegos y preguntas.

Décimo.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del Acta de la Junta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los señores accionistas el derecho que les corresponde de obtener de las sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General, pudiendo solicitar dicha información en las oficinas del Club sitas en Maó, y de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta y del informe del Consejo de Administración sobre la misma y de pedir la entrega o el envío gratuito de estos documentos. Así mismo, los accionistas podrán solicitar de los administradores acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Se recuerda a los accionistas que tienen derecho de asistencia que podrán hacerse representar en la Junta por otro accionista, debiendo conferirse dicha representación por escrito y con carácter especial, en los términos y con el alcance previsto en la Ley de Sociedades de Capital. Sin embargo, dicho requisito no será necesario cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en escritura pública. A los expresados fines de asistencia, los accionistas solicitarán y obtendrán de la Sociedad, en cualquier momento desde la publicación de la presente convocatoria hasta las diecinueve horas del día anterior al de la celebración de la Junta, las correspondientes tarjetas de asistencia.

Maó, 14 de septiembre de 2010.- El Presidente, don Benito Reynés Gelabert.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 14/09/2010 Diario: 199 Sección: C Pág: 32261 - 32262 

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