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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 01 de diciembre del 2012 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona-lruña,

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al concursado Mayorazgo de Santa Marina, S. A., por decreto de fecha 13 de noviembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir de oficio la fase de liquidación de la entidad Mayorazgo de Santa Marina, S. A., con CIF: A39097662, con domicilio en la plaza Palacio de Gorráiz 4, bajo, de Gorráiz formándose con testimonio de esta resolución la Sección 5.ª, que comprenderá lo relativo a la liquidación, cuyo original se unirá a la Sección 1.ª

2.- Declarar la disolución de la referida sociedad.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

4.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal designado en este procedimiento, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo improrrogable de diez días desde la notificación de la presente resolución, un Plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

5.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el "BO"E de forma gratuita y en el tablón de anuncios del juzgado.

6.- Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado, una vez sea firme la presente, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

Modo de impugnación. Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el Secretario Judicial que la dictó, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

En Pamplona/Iruña a, 13 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Empresa
  • MAYORAZGO DE SANTA MARINA SA
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 13/11/2012  

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