Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 22 de diciembre del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 58/2011, seguido a instancias de la Procuradora doña Soledad Granda Calderín, en nombre y representación de la mercantil Matías Marrero Construcciones y Obras, S.L., se ha dictado Auto el día 5 de diciembre de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de Matías Marrero Construcciones y Obras, S.L., con CIF A35363100, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Se designan como Administradores del concurso al Abogado don Juan Ignacio Rivas Alonso, al economista, don Javier Sanchez Toledo, y al acreedor, tan pronto consten las circunstancias previstas en el artículo 27 LC.
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; conservar las facultades quedando sometido al ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal del Auto de declaración de concurso. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a los eatablecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de diciembre de 2011.- Secretaria judicial.
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