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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 19 de diciembre del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 740/2015 y NIG n.º 07040 47 1 2015 0001260 se ha dictado en fecha 23/11/2016 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Master Balear de Franquicias, S.L., con CIF B-07763063, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Fray Luis de León, n.º 3, piso 4 de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de los concursados.

3.º Que la abogada nombrada administradora concursal, D.ª Rebeca Juanes Pérez, en fecha 13/12/2016, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal c/ Játiva, n.º 1 Portal D 5.º Puerta 12, 46002 Valencia o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 13 de diciembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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  • MASTER BALEAR DE FRANQUICIAS SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 13/12/2016  

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