Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 18 de noviembre del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa MASIA CISCAR SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 13 de noviembre del 2025 con los datos de inscripción Diario: 220 Sección: 2 Pág: 7582 - 7583.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de Masiá Ciscar, SL (la "Sociedad Absorbente"), y la junta general extraordinaria de socios de Calvilla Primores, SL (la "Sociedad Absorbida"), celebradas ambas con el carácter de juntas universales con fecha 26 de octubre de 2025, han aprobado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera.
Según el Proyecto, se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 30 de junio de 2025, que han sido verificados por el auditor de cuentas sólo en el caso de la Sociedad Absorbente, por estar sometidas a auditoría sus cuentas anuales, de conformidad con el artículo 44 RDL 5/2023. En virtud de la fusión así aprobada, la Sociedad Absorbente adquirirá en bloque y por vía de sucesión universal el patrimonio social íntegro, con todos los derechos y obligaciones en él incluidos de la Sociedad Absorbida, que de este modo quedará disuelta, sin necesidad de previa liquidación.
La fusión se ha realizado con ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente suscrita por los titulares de acciones de la Sociedad Absorbida, habiéndose acordado la modificación del artículo 7 de los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, y con amortización de todas las acciones entre las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.
La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 RDL 5/2023 que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar con fecha 25 de octubre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del RDL 5/2023 el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, sin perjuicio de los derechos de información y consulta de los trabajadores previstos en la legislación laboral, en concreto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015 (DA 1ª RDL 5/2023).
Asimismo, de acuerdo con los artículos 6.7 y 41 del RDL 5/2023, no es necesario contar con el informe de experto independiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el RD Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Lepe, 13 de noviembre de 2025.- Don Enrique Masiá Ciscar, Presidente del consejo de administración de Masiá Ciscar, SL,, Y Don Gaspar Masiá Serrador, administrador único de Calvilla Primores, SL.
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