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CNAE 4778 - Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados
A08330870
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Barcelona
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Información sobre balances y cuentas de resultados de MANOUKIAN-VOLONTERIO SAU depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por MANOUKIAN-VOLONTERIO SAU o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 14 de octubre de 2004, los Socios de la sociedad Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada y el Accionista Único de la sociedad Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, acordaron aprobar la fusión de ambas Sociedades, mediante la absorción de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima., Sociedad Unipersonal por parte de Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada. En consecuencia, Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada adquiere, en bloque por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo en dicha fecha los Balances de fusión de las Sociedades mencionadas, cerrados a 31 de agosto de 2004, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los órganos de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida. Al ser Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada titular de la totalidad del capital social de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, no procede la ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, la elaboración de informes de los Administradores y expertos independientes, ni el canje de acciones a que aluden los apartados b) y c) del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Las operaciones realizadas por Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, se entienden realizadas a efectos contables por Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada, desde el día 1 de enero de 2004. No se reconoce derecho especial alguno, ni ventajas especiales a favor de los Administradores de la Sociedad absorbente. Tampoco se modifican los Estatutos de dicha Sociedad. En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace expresa constancia del derecho que asiste a los Socios, Accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de estas Sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 15 de octubre de 2004.-El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente: D. Vasken Manoukian, D. Alfredo Spreafico y D. Agop Manoukian y los Administradores Solidarios de la sociedad absorbida: D. Agop Manoukian y D. Dennis Frank Wilby.-47.200. y 3.ª 22-10-2004
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En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 14 de octubre de 2004, los Socios de la sociedad Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada y el Accionista Único de la sociedad Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, acordaron aprobar la fusión de ambas Sociedades, mediante la absorción de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima., Sociedad Unipersonal por parte de Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada. En consecuencia, Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada adquiere, en bloque por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo en dicha fecha los Balances de fusión de las Sociedades mencionadas, cerrados a 31 de agosto de 2004, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los órganos de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida. Al ser Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada titular de la totalidad del capital social de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, no procede la ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, la elaboración de informes de los Administradores y expertos independientes, ni el canje de acciones a que aluden los apartados b) y c) del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Las operaciones realizadas por Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, se entienden realizadas a efectos contables por Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada, desde el día 1 de enero de 2004. No se reconoce derecho especial alguno, ni ventajas especiales a favor de los Administradores de la Sociedad absorbente. Tampoco se modifican los Estatutos de dicha Sociedad. En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace expresa constancia del derecho que asiste a los Socios, Accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de estas Sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 15 de octubre de 2004.-El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente: D. Vasken Manoukian, D. Alfredo Spreafico y D. Agop Manoukian y los Administradores Solidarios de la sociedad absorbida: D. Agop Manoukian y D. Dennis Frank Wilby.-47.200. 2.ª 21-10-2004
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 14 de octubre de 2004, los Socios de la sociedad Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada y el Accionista Único de la sociedad Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, acordaron aprobar la fusión de ambas Sociedades, mediante la absorción de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima., Sociedad Unipersonal por parte de Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada. En consecuencia, Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada adquiere, en bloque por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo en dicha fecha los Balances de fusión de las Sociedades mencionadas, cerrados a 31 de agosto de 2004, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los órganos de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida. Al ser Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada titular de la totalidad del capital social de Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, no procede la ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, la elaboración de informes de los Administradores y expertos independientes, ni el canje de acciones a que aluden los apartados b) y c) del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Las operaciones realizadas por Manoukian-Volonterio, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, se entienden realizadas a efectos contables por Lechler Coatings Ibérica, Sociedad Limitada, desde el día 1 de enero de 2004. No se reconoce derecho especial alguno, ni ventajas especiales a favor de los Administradores de la Sociedad absorbente. Tampoco se modifican los Estatutos de dicha Sociedad. En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace expresa constancia del derecho que asiste a los Socios, Accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de estas Sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 15 de octubre de 2004.-El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente: D. Vasken Manoukian, D. Alfredo Spreafico y D. Agop Manoukian y los Administradores Solidarios de la sociedad absorbida: D. Agop Manoukian y D. Dennis Frank Wilby.-47.200. 1.ª 20-10-2004
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