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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 14 de diciembre del 2021 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa MAGASA VALORES SICAV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de diciembre del 2021 con los datos de inscripción Diario: 237 Sección: 2 Pág: 10013 - 10013.


Otros anuncios y avisos legales

MAGASA VALORES SICAV SA

Modificación del objeto social

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 346 y 348 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que, con fecha 4 de Diciembre de 2021, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de MAGASA VALORES, SICAV SA, ha acordado por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo:

-La derogación íntegra de los actuales Estatutos sociales y la aprobación de un nuevo texto de acuerdo con la normativa de aplicación a la Sociedades Anónimas de régimen ordinario, modificando su objeto social, siendo el nuevo objeto social el siguiente:

"La adquisición, tenencia, administración, dirección y gestión de títulos, acciones, participaciones sociales, o cualquier forma de representación de participación en el capital de entidades mercantiles, así como de obligaciones, canjeables o no, bonos comerciales, partes de fundador, bonos de disfrute, valores mobiliarios de renta fija o variable, admitidos o no a cotización en bolsas oficiales, derechos de suscripción de sociedades españolas o extranjeras, incluidos bonos y pagarés del Tesoro, Deuda Pública, letras de cambio y certificados de depósito, todo ello con plena sujeción a la legislación aplicable, y exclusión expresa de las actividades reguladas por la legislación de los mercados de valores e Instituciones de Inversión Colectiva.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o de participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.

Si la realización de las anteriores actividades requiriese la obtención de licencia, autorización administrativa, concesión o cualquier otro título habilitante, la Sociedad no comenzará a desarrollarlas hasta el momento en que obtenga la correspondiente licencia, autorización administrativa, concesión o título habilitante. Si la realización de las anteriores actividades estuviera reservada a quienes debieran ostentar un determinado título profesional, las mismas serán realizadas en la Sociedad a través de persona que estuviera en posesión del correspondiente título profesional.

Dichas actividades podrán ser realizadas tanto en el ámbito nacional como en el internacional."

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación del objeto social, de poder ejercer, en el plazo de un mes, su derecho de separación, conforme al artículo 348 LSC, procediéndose a su ejecución una vez finalizado el mismo sin haberse procedido al ejercicio del derecho.

Madrid, 4 de diciembre de 2021.- Doña Josefina García Pedroviejo, Administradora única.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 04/12/2021 Diario: 237 Sección: 2 Pág: 10013 - 10013 

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