915474742
CNAE 6499 - Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p.
A28355824
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0.5M €
Madrid
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Información sobre balances y cuentas de resultados de MAGARAL SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por MAGARAL SA o en los que participa indirectamente.
Advertido error en los anuncio publicados en el "BORME" los días 18, 19 y 20 de junio, se procede a la oportuna rectificación: Donde dice: "Capítulo VII", debe decir: "Capítulo VIII".
Madrid, 10 de julio de 2001.-El mandatario verbal.-38.850.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se hace público que en las respectivas Juntas generales de dichas sociedades, celebradas, con carácter de universales, el pasado 5 de junio de 2001, se aprobaron: Por "Magaral, Sociedad Anónima", la amortización de acciones propias existentes en cartera consistentes en el 10 por 100 de las totales de la sociedad y la escisión mediante su extinción, con división de todo su patrimonio en dos partes, las cuales se traspasan en bloque por absorción a las sociedades "Palgamat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada". Por "Palmagat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada", la amortización de las acciones propias existentes en la cartera de "Magaral, Sociedad Anónima", y la absorción de parte del patrimonio de "Magaral, Sociedad Anónima". El preceptivo proyecto de escisión fue aprobado por las tres sociedades y ha sido aceptado por el Registro Mercantil, realizándose el mismo dentro del marco de las disposiciones contenidas al efecto en la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, y en el capítulo VII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Conforme establece al artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 6 de junio de 2001.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-33.109.
y 3.a 20-6-2001.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se hace público que en las respectivas Juntas generales de dichas sociedades, celebradas, con carácter de universales, el pasado 5 de junio de 2001, se aprobaron: Por "Magaral, Sociedad Anónima", la amortización de acciones propias existentes en cartera consistentes en el 10 por 100 de las totales de la sociedad y la escisión mediante su extinción, con división de todo su patrimonio en dos partes, las cuales se traspasan en bloque por absorción a las sociedades "Palgamat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada". Por "Palmagat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada", la amortización de las acciones propias existentes en la cartera de "Magaral, Sociedad Anónima", y la absorción de parte del patrimonio de "Magaral, Sociedad Anónima". El preceptivo proyecto de escisión fue aprobado por las tres sociedades y ha sido aceptado por el Registro Mercantil, realizándose el mismo dentro del marco de las disposiciones contenidas al efecto en la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, y en el capítulo VII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Conforme establece al artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 6 de junio de 2001.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-33.109.
2.a 19-6-2001.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se hace público que en las respectivas Juntas generales de dichas sociedades, celebradas, con carácter de universales, el pasado 5 de junio de 2001, se aprobaron: Por "Magaral, Sociedad Anónima", la amortización de acciones propias existentes en cartera consistentes en el 10 por 100 de las totales de la sociedad y la escisión mediante su extinción, con división de todo su patrimonio en dos partes, las cuales se traspasan en bloque por absorción a las sociedades "Palgamat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada". Por "Palmagat, Sociedad Limitada", y "Erorema, Sociedad Limitada", la amortización de las acciones propias existentes en la cartera de "Magaral, Sociedad Anónima", y la absorción de parte del patrimonio de "Magaral, Sociedad Anónima". El preceptivo proyecto de escisión fue aprobado por las tres sociedades y ha sido aceptado por el Registro Mercantil, realizándose el mismo dentro del marco de las disposiciones contenidas al efecto en la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, y en el capítulo VII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Conforme establece al artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 6 de junio de 2001.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-33.109.
1.a 18-6-2001.
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