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Datos de LUZARI SL

LUZARI SL

 926412863   

SAN GREGORIO, 9 LO 5. 13500 PUERTOLLANO. (CIUDAD REAL). Ver mapa

Objeto social

CNAE 5610 - Restaurantes y puestos de comidas

CIF

B13387709

Fecha constitución

04/03/2004

Antigüedad

21 años

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Ciudad Real

Últimas cuentas depositadas

2014



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de LUZARI SL depositados en el Registro Mercantil de Ciudad Real en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
Consultar en Axesor

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LUZARI SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio Juzgado de lo Mercantil

    Publicación de la organismo JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL:

    D.ª ESTHER MÁRQUEZ MEJÍAS, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, anuncia:

    1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 270/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0015890, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2015, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora LUZARI, S.L., con C.I.F. n.º B13387709, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la localidad de Puertollano (Ciudad Real), Paseo de San Gregorio, 9, local 5.

    2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al Abogado D. José Julián Carnero Martín-Buitrago, con domicilio postal en c/ Alcázar, 14-3.º B en cp 13640-Herencia (Ciudad Real) y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Concursal.

    3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 21.1.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

    No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

    4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

    Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 Ley Concursal).

    5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

    Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

    6.º Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, se declara disuelta la Mercantil LUZARI, S.L., con CIF B13387709.

    7.º Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

    Ciudad Real, 2 de febrero de 2015.- Secretaria Judicial.

    Empresa
    • LUZARI SL
    Fuente: Boletín Oficial del Estado 
    Fecha inscripción: 02/02/2015. Núm. A150004126.  
  • Anuncio Juzgado de lo Mercantil

    Publicación de la organismo JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL:

    Doña Esther Márquez Mejías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, anuncia:

    1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 270/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0015890, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2015 Auto de declaración de concurso voluntario de la deudora LUZARI, S.L., con CIF n.º B13387709, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la localidad de Puertollano (Ciudad Real), paseo de San Gregorio, 9, local 5.

    2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al Abogado D. José Julián Carnero Martín-Buitrago, con domicilio postal en C/ Alcázar, 14, 3.º B, en CP 13640 Herencia (Ciudad Real) y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Concursal.

    3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 21.1.5.º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

    No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

    4.º La Administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

    Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 Ley Concursal).

    5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

    Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

    6.º Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, se declara disuelta la Mercantil LUZARI, S.L., con CIF B13387709.

    7.º Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

    Ciudad Real, 28 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

    Empresa
    • LUZARI SL
    Fuente: Boletín Oficial del Estado 
    Fecha inscripción: 28/01/2015. Núm. A150003688.  
  • Depósito de cuentas anuales

    En septiembre del 2011 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2010 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/10/2011. Núm. 979940.  
  • Depósito de cuentas anuales

    En septiembre del 2010 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2009 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/10/2010. Núm. 1066989.  
  • Depósito de cuentas anuales

    En agosto del 2009 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2008 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/09/2009. Núm. 730547.  

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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LUZARI SL inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real. y con domicilio en PuertollanoSu clasificación nacional de actividades económicas es Restaurantes y puestos de comidas.

La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.