C/ SERRANIA DE CUENCA, 10 - POLIGONO INDUSTRIAL EL (ARGANDA DEL REY). Ver mapa
La adquisicón, enajenaión, gestión y promoción del suelo o de aprovechamientos urbanísticos por cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos, por cualquier título de fincas rústicas o urbanas, así coo la urbanización del mismo con objeto de urbanizar y edificar, o incorporarlo al tráfi.
no disponible
17/02/2020
5 años
57.329,00 €
-
Madrid
-
Administrador único
Información sobre balances y cuentas de resultados de LUDYSAN DESARROLLOS INMOBILIARIOS SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 3 horas | 2020 3 horas | 2021 3 horas | 2022 3 horas | Consultar en Axesor | |
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Moreno Gonzalez Raul | Apod. | Moreno Gonzalez Raul Apod. | 01/06/2020 | |
HOLDING MIRASIERRA 16 SL | Socio Único | HOLDING MIRASIERRA 16 SL Socio Único | 13/05/2020 | |
HOLDING MIRASIERRA 16 SL | Adm. Unico | HOLDING MIRASIERRA 16 SL Adm. Unico | 13/05/2020 | |
Moreno Gonzalez Angel | Represent. | Moreno Gonzalez Angel Represent. | 13/05/2020 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LUDYSAN DESARROLLOS INMOBILIARIOS SL o en los que participa indirectamente.
Se constituye la empresa con fecha 13 de mayo de 2020 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 57.329,00 Euros e inicia su actividad el 17 de febrero de 2020. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en C/ SERRANIA DE CUENCA, 10 - POLIGONO INDUSTRIAL EL (ARGANDA DEL REY). La empresa indica que su actividad es La adquisicón, enajenaión, gestión y promoción del suelo o de aprovechamientos urbanísticos por cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos, por cualquier título de fincas rústicas o urbanas, así coo la urbanización del mismo con objeto de urbanizar y edificar, o incorporarlo al tráfi.
Publicación en el BORME de los siguientes nombramientos:
Administrador Único | |
Representante |
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales (en adelante, LME) de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de INMOCLINC, S.L. (NIF: B80780828) (sociedad escindida), celebrada en fecha 2 de enero de 2020, acordó por unanimidad, la escisión total por la cual se traspasará en bloque, extinguiéndose, todo su patrimonio social, a favor de las sociedades beneficiarias "LUDYSAN DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.L.", e "INMOCLINC, S.L.", las cuales se constituyen simultáneamente y se subrogan en todos los derechos y obligaciones de aquella correspondientes a la rama de actividad y patrimonio traspasado a cada una.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 42, por remisión del artículo 73 LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión total en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad Escindida, no será necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
Asimismo, en virtud del artículo 78 bis LME, al tratarse de una escisión por constitución de nuevas sociedades, y ya que las participaciones de las nuevas sociedades se atribuyen a los socios de la sociedad que se escinde proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta, no serán necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión total adoptado. Igualmente, se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 LME.
Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión podrán oponerse a la misma, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.
Madrid, 2 de enero de 2020.- El administrador Único de Inmoclinc, S.L., Ludysan Desarrollos Inmobiliarios, S.L., e Inmoclinc, S.L, Don Ángel Moreno González.
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LUDYSAN DESARROLLOS INMOBILIARIOS SL inscrita en el Registro Mercantil de Madrid.
capital social de la empresa es de 57.329,00 euros.