Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 07 de julio del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa FERBER CONS XXI SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 02 de julio del 2025 con los datos de inscripción Diario: 127 Sección: 2 Pág: 5029 - 5029.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que el día 1 de julio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de FERBER CONS XXI, S.L.U (Sociedad Absorbente), ha adoptado la decisión de aprobar la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de la sociedad LR NAVES S.L. (Sociedad Absorbida) de la cual ostenta el 24% y a su vez, se encuentra totalmente participada por GRUPO SEGIA OVAL S.L., que posee el 76% restante de la Sociedad absorbida-, tratándose de una fusión asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas en los términos del artículo 56.1 del RDLME.
La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes con fecha 13 de junio de 2025 y se realiza siguiendo el procedimiento simplificado de fusiones especiales, en virtud del artículo 53.1 del RDLME, al tratarse de un supuesto de fusión asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas.
Habiéndose adoptado la decisión de fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de FERBER CONS XXI, S.L.U (Sociedad Absorbente), resulta que se acordó por unanimidad, y, en consecuencia, según lo establecido en el artículo 9 del RDLME, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitarlas acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Ejea de los Caballeros, 2 de julio de 2025.- Administrador único (Grupo Segia Oval, S.L.), Carlos López Nogue.
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