925224033
CNAE 8129 - Otras actividades de limpieza
B03258944
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Información sobre balances y cuentas de resultados de LIMPIEZAS DE LA MARINA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LIMPIEZAS DE LA MARINA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión impropia por absorción
Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, y Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, aprobaron, por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 30 de junio de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción por Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, de Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, disolviéndose sin liquidación ésta última, y transmitiendo en bloque, a titulo universal, todo su patrimonio a la primera, la cual no necesita ampliar su capital social al ser el único socio de la misma, todo ello según el proyecto firmado el pasado 20 de junio de 2007 por los Administradores de ambas sociedades, y depositado en los Registros Mercantiles de Toledo y Alicante. Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran depositados en los respectivos domicilio sociales.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 25 de octubre de 2007.-El Presidente de ambas sociedades, José Luis Nicolás Villalba.-65.573.
y 3.ª 2-11-2007
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Anuncio de fusión impropia por absorción
Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, y Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, aprobaron, por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 30 de junio de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción por Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, de Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, disolviéndose sin liquidación ésta última, y transmitiendo en bloque, a titulo universal, todo su patrimonio a la primera, la cual no necesita ampliar su capital social al ser el único socio de la misma, todo ello según el proyecto firmado el pasado 20 de junio de 2007 por los Administradores de ambas sociedades, y depositado en los Registros Mercantiles de Toledo y Alicante. Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran depositados en los respectivos domicilio sociales.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 25 de octubre de 2007.-El Presidente de ambas sociedades, José Luis Nicolás Villalba.-65.573.
2.ª 31-10-2007
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Anuncio de fusión impropia por absorción
Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, y Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, aprobaron, por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 30 de junio de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción por Juan Nicolás Gómez e Hijos Construcciones, Sociedad Anónima, de Limpiezas de la Marina, Sociedad Limitada, disolviéndose sin liquidación ésta última, y transmitiendo en bloque, a titulo universal, todo su patrimonio a la primera, la cual no necesita ampliar su capital social al ser el único socio de la misma, todo ello según el proyecto firmado el pasado 20 de junio de 2007 por los Administradores de ambas sociedades, y depositado en los Registros Mercantiles de Toledo y Alicante. Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran depositados en los respectivos domicilio sociales.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 25 de octubre de 2007.-El Presidente de ambas sociedades, José Luis Nicolás Villalba.-65.573.
1.ª 30-10-2007
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