Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de junio del 2026 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa LEBENAUTOMOTIVE SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 29 de junio del 2026 con los datos de inscripción Diario: 123 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 4854 - 4855.


Anuncio de escisión

LEBENAUTOMOTIVE SL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RDLME"), se hace público que, con fecha 29 de junio de 2026, el socio único de Lebenautomotive, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") y el socio único de Neumastock Distribución, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), esto es, Grupo Neumastock, S.L., ejerciendo las competencias de las respectivas juntas generales de socios, decidió aprobar la escisión parcial de la Sociedad Escindida, sin extinción de esta, a favor de la Sociedad Beneficiaria (la "Escisión").

La Escisión se efectúa en los términos previstos en el proyecto común de escisión parcial formulado y suscrito por los administradores solidarios de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria en Madrid, el 29 de mayo de 2026 (el "Proyecto de Escisión"), redactado de conformidad con lo previsto en los artículos 4, 39, 40, 60, 63, 64 y demás concordantes del RDLME, y sobre la base de los balances de escisión correspondientes.

La Escisión consiste en el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la rama de actividad de distribución de neumáticos actualmente desarrollada por la Sociedad Escindida (IAE epígrafe 615.1), que constituye una unidad económica autónoma, a favor de la Sociedad Beneficiaria, la cual quedará subrogada en la totalidad de los derechos, activos, obligaciones, pasivos, relaciones jurídicas y contratos vinculados a dicha rama de actividad, todo ello sin extinción de la Sociedad Escindida.

Se hace constar que la Escisión fue aprobada por decisión del socio único de cada una de las sociedades intervinientes, íntegramente participadas de forma directa por Grupo Neumastock, S.L., de conformidad con el régimen simplificado previsto en los artículos 9, 53, 56, 63 y 71 del RDLME, en la medida aplicable. En consecuencia, no ha resultado necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones. Asimismo, no resulta preceptiva la emisión del informe de administradores destinado al socio ni el informe de experto independiente sobre el Proyecto de Escisión, ni la ampliación de capital de la Sociedad Beneficiaria como consecuencia de la Escisión, ni la reducción de capital de la Sociedad Escindida, al existir reservas suficientes.

De conformidad con los artículos 5 y 9.2 del RDLME, se hace constar que el informe del órgano de administración destinado a los trabajadores sobre las consecuencias de la Escisión para el empleo fue puesto a disposición de los trabajadores de las sociedades intervinientes en los términos legalmente previstos sin que se hayan formulado observaciones. Asimismo, la Sociedad Beneficiaria se subrogará en los contratos de trabajo de los trabajadores adscritos a la rama de actividad escindida, con mantenimiento de sus condiciones laborales, antigüedad y derechos adquiridos, de conformidad con el régimen de sucesión de empresa previsto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la Escisión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDLME.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del presente anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 13.2 del RDLME, a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1 del RDLME dentro del plazo de un mes a contar desde la última publicación de este anuncio. Todo ello sin perjuicio del régimen de responsabilidad solidaria previsto en el artículo 70 del RDLME para las obligaciones incumplidas en el marco de la escisión.

Alcorcón (Madrid), 29 de junio de 2026.- Los Administradores Solidarios de Lebenautomotive, S.L.U. y de Neumastock Distribución, S.L.U., D. Óscar González Bejarano y D. Francisco Javier González Bejarano.

Escindida
  • LEBENAUTOMOTIVE SL
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 29/06/2026 Diario: 123 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 4854 - 4855 

IR A LEBENAUTOMOTIVE SL
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es