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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 03 de junio del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BILBAO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 433/2008 en el que figura como concursado Lavandería Jaso, S.L., se ha dictado el 24/5/2013 auto declarando concluso el concurso y cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguientes:

Parte dispositiva:

1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 433/2008 referente al deudor Lavandería Jaso, S.L., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción integra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se declara que el deudor Lavandería Jaso, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la del concurso o se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Registro Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

6.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Bilbao, 24 de mayo de 2013.- La Secretario Judicial.

Empresa
  • LAVANDERIA JASO SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 24/05/2013  

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