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La Rioja
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Información sobre balances y cuentas de resultados de LAC SL depositados en el Registro Mercantil de La Rioja en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LAC SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se informa que las Juntas generales universales celebradas en fecha 10 de noviembre de 2021, acordaron por unanimidad la fusión por absorción, suponiendo por tanto, la transmisión en bloque del patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones con relación a los elementos transmitidos; y todo ello según el proyecto común de fusión.
Se comunica el derecho que asiste a los acreedores, trabajadores y accionistas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión; así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Banyoles, 10 de noviembre de 2021.- El Administrador único, Albert Ramio Bosch.
| Absorbente |
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| Absorbida |
Las Juntas Generales de las sociedades Frisllac, S.L. y Fristany, S.L. han aprobado, en sus reuniones celebradas el día 20 de diciembre de 2006, la fusión por absorción, suponiendo por tanto, la transmisión en bloque del patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones con relación a los elementos transmitidos. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 15 de diciembre.
Se comunica de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores, trabajadores y accionistas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Y en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Banyoles, 20 de diciembre de 2006.-El Administrador, Joan Ramió Dilmé.-532. 2.ª 10-1-2007
| Absorbente |
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| Absorbida |
Las Juntas Generales de las sociedades Frisllac, S.L. y Fristany, S.L. han aprobado, en sus reuniones celebradas el día 20 de diciembre de 2006, la fusión por absorción, suponiendo por tanto, la transmisión en bloque del patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones con relación a los elementos transmitidos. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 15 de diciembre.
Se comunica de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores, trabajadores y accionistas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Y en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Banyoles, 20 de diciembre de 2006.-El Administrador, Joan Ramió Dilmé.-532. 2.ª 10-1-2007
| Absorbente |
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| Absorbida |
Las Juntas Generales de las sociedades Frisllac, S.L. y Fristany, S.L. han aprobado, en sus reuniones celebradas el día 20 de diciembre de 2006, la fusión por absorción, suponiendo por tanto, la transmisión en bloque del patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones con relación a los elementos transmitidos. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 15 de diciembre.
Se comunica de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores, trabajadores y accionistas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Y en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Banyoles, 20 de diciembre de 2006.-El Administrador, Joan Ramió Dilmé.-532.
1.ª 9-1-2007
| Absorbente |
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| Absorbida |
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La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.