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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 19 de abril del 2012 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 11 de abril del 2012 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales, se hace público que, con fecha 11 de abril de 2012, las Juntas Generales de las sociedades Mebunik, S.A. y Kime, S.A., y los accionistas únicos de las sociedades Kider, S.A, Sociedad Unipersonal e Inan, S.A., Sociedad Unipersonal, han acordado aprobar la fusión de la Sociedad Kider, S.A., Sociedad Unipersonal, como Sociedad absorbente, y de las Sociedades Mebunik, S.A., Kime, S.A. e Inan, S.A., Sociedad Unipersonal, como Sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio, a la Sociedad absorbente.

El proceso de fusión se realiza en dos pasos: (i) Fusión por absorción por parte de Kider, S.A, Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbente, de su accionista único Mebunik, S.A. como sociedad absorbida, y (ii) la fusión por parte de Kider, S.A. (sociedad que como consecuencia de la fusión realizada en el primer paso ha perdido su condición de unipersonal) nuevamente sociedad absorbente, de Kime, S.A. e Inan, S.A., Sociedad Unipersonal, como sociedades absorbidas. Al tratarse la fusión realizada como primer paso, de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente está íntegramente participada por la sociedad absorbida (art. 52.1 Ley 3/2009), y en la fusión realizada como segundo paso, de fusión de sociedades íntegramente participadas (art. 49 Ley 3/2009), no se realizará ampliación de capital social de la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los administradores de las Sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya y Álava.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos previstos el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Murga (Álava), 11 de abril de 2012.- Secretario no Consejero de Kider, S.A., Sociedad Unipersonal, Mebunik, S.A., Kime, S.A. e Inan, S.A., Sociedad Unipersonal, don Fernando Marroquín Mochales.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 11/04/2012  

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