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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 13 de agosto del 2020 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 05 de agosto del 2020 con los datos de inscripción Diario: 156 Sección: 2 Pág: 5607 - 5607.


Anuncio de fusión y absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo, "LME"), se hace público que, con fecha 4 de agosto de 2020, el socio único de Kaudal Control y Gestión de Proyectos, S.L.U., y de Kaudal Technology Investment, S.L.U., la mercantil Arquimea Group, S.L., decidió aprobar la operación de fusión por absorción en virtud de la cual la primera de las citadas sociedades, Kaudal Control y Gestión de Proyectos, S.L.U. (Sociedad Absorbente), absorbe a la sociedad Kaudal Technology Investment, S.L.U. (Sociedad Absorbida), quedando la Sociedad Absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, y transmitiendo en bloque su patrimonio, por sucesión universal a la Sociedad Absorbente.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto común de fusión redactado por los respectivos órganos de administración de ambas sociedades con fecha 31 de julio de 2020.

No ha sido necesario publicar ni depositar previamente el proyecto y los documentos exigidos por la Ley, y sin necesidad de emitir informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión, de conformidad con el artículo 42 de la LME, dado que el acuerdo de fusión se adoptó por el socio único de ambas compañías.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances cerrados a 31 de marzo de 2020 de dichas sociedades, también aprobados por el socio único.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, a los acreedores y obligacionistas les asiste el derecho de oposición a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos del artículo 44 en concordancia con el artículo 52 de la referida Ley por ser un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, al ser participadas las dos sociedades fusionadas de forma directa por el mismo socio. Por dicho motivo y conforme al artículo 49.1 LME, no resultan necesarias para esta fusión: (i) la inclusión en el proyecto común de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 LME; (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto común de fusión; (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.

Madrid, 5 de agosto de 2020.- En su condición de Secretario del Consejo de Administración de las sociedades Kaudal Control y Gestión de Proyectos, S.L.U., y de Kaudal Technology Investment, S.L.U., Rubén Alonso Palma.

Absorbente
Absorbida
  • KAUDAL TECHNOLOGY INVESTMENT SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 05/08/2020 Diario: 156 Sección: 2 Pág: 5607 - 5607 

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