965241104 965241104
CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales
no disponible
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0.5M €
Información sobre balances y cuentas de resultados de JOSE PEREZ BALDONEDO CONSTRUCCIONES SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por JOSE PEREZ BALDONEDO CONSTRUCCIONES SL o en los que participa indirectamente.
Escisión parcial por creación Se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", celebrada el día 16 de mayo de 2002, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la misma, mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad de nueva creación "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad parcialmente escindida de 14 de marzo de 2002, y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante el día 22 de abril de 2002.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad parcialmente escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de la sociedad indicada pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 20 de mayo de 2002.-El Administrador único, José Pérez Baldonedo.-28.155.
y 3.a 17-6-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Escisión parcial por creación Se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", celebrada el día 16 de mayo de 2002, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la misma, mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad de nueva creación "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad parcialmente escindida de 14 de marzo de 2002, y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante el día 22 de abril de 2002.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad parcialmente escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de la sociedad indicada pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 20 de mayo de 2002.-El Administrador único, José Pérez Baldonedo.-28.155.
2.a 14-6-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Escisión parcial por creación Se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", celebrada el día 16 de mayo de 2002, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la misma, mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad de nueva creación "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad parcialmente escindida de 14 de marzo de 2002, y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante el día 22 de abril de 2002.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad parcialmente escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de la sociedad indicada pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 20 de mayo de 2002.-El Administrador único, José Pérez Baldonedo.-28.155.
1.a 13-6-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Se hace público en la Junta universal de la citada sociedad, celebrada el día 30 de junio de 2000, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de la empresa "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante un plazo de un mes, contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 27 de diciembre de 2000.-El Administrador único de "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", José Pérez Baldonedo.-6.665. y 3.a 19-2-2001.
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Se hace público en la Junta universal de la citada sociedad, celebrada el día 30 de junio de 2000, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de la empresa "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante un plazo de un mes, contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 27 de diciembre de 2000.-El Administrador único de "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", José Pérez Baldonedo.-6.665. 2.a 16-2-2001.
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Se hace público en la Junta universal de la citada sociedad, celebrada el día 30 de junio de 2000, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de la empresa "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad "Peryper Inmuebles, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los térmi nos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Alicante.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante un plazo de un mes, contado a partir del último anuncio de escisión.
Alicante, 27 de diciembre de 2000.-El Administrador único de "José Pérez Baldonedo Construcciones, Sociedad Limitada", José Pérez Baldonedo.-6.665. 1.a 15-2-2001.
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