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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 17 de diciembre del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BILBAO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que enel procedimiento concursal número 512/12 en el que figura como concursado Irontecnic, S.L., con CIF B95007035, se ha dictado el 2.12.2013 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:

Parte Dispositiva

1.-Se declara concluso el procedimiento concursal número 512/2012 referente al deudor Irontecnic, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3.-Se declara que el deudor Irontecnic S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado registro.

5.-Librense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

6.-Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial de Estado.

La publicación el Boletin Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

7.-Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

8.-Comuniquese la conclusión del concurso a los órganos juficiales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

9.-Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S.Sª Doy fe.

Firma del Juez.-Firma del Secretario.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao (Bizkaia), 2 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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  • IRONTECNIC SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 02/12/2013  

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