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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 01 de agosto del 2022 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa INVERSIONES INVESTU SICAV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 26 de julio del 2022 con los datos de inscripción Diario: 145 Sección: 2 Pág: 6535 - 6536.


Otros anuncios y avisos legales

INVERSIONES INVESTU SICAV SA

Se hace público que la Junta General de Accionistas celebrada en segunda convocatoria el día 30 de junio de 2022, acordó por unanimidad:

a) Aumentar el capital social inicial de la compañía en la cantidad de 1.200.000 euros, mediante la elevación del valor nominal de las acciones de 8 euros a 12 euros y con cargo a las reservas voluntarias de libre disposición con las que cuenta la compañía. En consecuencia, el capital social inicial quedó establecido en 3.600.000 euros representado por 300.000 acciones de 12 euros de valor nominal cada una, mientras que el capital estatutario máximo quedó establecido en 18.000.000 euros representado por 1.500.000 acciones de 12 euros de valor nominal cada una de ellas.

b) Reducir a continuación las cifras de capital social inicial y capital estatutario máximo con el único objeto de dotar a la sociedad de mayor liquidez, fijando el nuevo capital social inicial en el mínimo legal de 2.400.000 euros, representado por 200.000 acciones de 12 euros de valor nominal cada una de ellas. De igual forma, se establece el nuevo capital estatutario máximo en 12.000.000 euros representado por 1.000.000 acciones de 12 euros de valor nominal cada una de ellas.

c) Modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo, tendrá la siguiente redacción literal:

"Artículo 5. Capital social.

1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos mil euros, representado por doscientas mil acciones, de doce euros de valor nominal cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en doce millones de euros, representado por un millón de acciones, de doce euros de valor nominal cada una.

3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta General."

La citada reducción de capitales inicial y estatutario máximo no tiene por finalidad ni la devolución de aportaciones ni la condonación de dividendos pasivos, ni la constitución de reservas ni el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, sino que consiste únicamente en una disminución de las cifras de capital social inicial y del capital estatutario máximo, sin que haya sido modificada la cifra de capital en circulación.

Sin perjuicio de lo anterior, los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrá el derecho de oponerse a la reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 26 de julio de 2022.- El Secretario del Consejo de Administración, Álvaro Senés Motilla.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 26/07/2022 Diario: 145 Sección: 2 Pág: 6535 - 6536 

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