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Córdoba
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Información sobre balances y cuentas de resultados de INVERSAMI3000 SL depositados en el Registro Mercantil de Córdoba en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 3 horas | 2020 3 horas | 2021 Inmediata | 2022 Inmediata | 2023 Inmediata | Consultar en Axesor |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por INVERSAMI3000 SL o en los que participa indirectamente.
Expediente: M-4240998
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INVERSAMI3000 SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para el producto "CARNE", solicitado en la clase 29, enel art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir a error sobrela calidad, naturaleza o composición de los productos solicitados, dado que, de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 4/2014 de 10 de enero por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta, la caña de lomo, el lomo embuchado y el lomo ibéricos) la utilización dela denominación "Dehesa" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo ibérico alimentado y manejado únicamente en las condiciones descritas por el art.3.1.b).i), en relación con el art. 4.5, del mencionado Real Decreto, es decir de categoría "de bellota".La marca solicitada se halla incursa, para el producto "CARNE", solicitado en la clase 29, en el art. 5.1.g) de laLey de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir a error sobre la calidad, naturaleza o composición de los productos solicitados, dado que de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 4/2014 de 10 de enero por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta, la caña de lomo, el lomo embuchado y el lomo ibéricos) la utilización de la denominación "ibérico" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo cuya raza cumple con las características del art.3.1.c) del mencionado Real Decreto.Estos motivos de suspenso pueden subsanarse mediante la presentación de una limitación de los productos citados objeto de suspenso a: carnes y derivados de cerdo ibérico de bellota alimentado y manejado de acuerdo a los requisitos legales que permiten utilizar el término "dehesa"; quedando el listado de productos solicitados en la clase 29 como sigue: "carne y derivados de cerdo ibérico de bellota alimentado y manejado de acuerdo a los requisitos legales que permiten utilizar el término "dehesa"; pescado, carne de ave y carne de caza", a cuyos efectos deberá aportar la hoja correspondiente de la instancia de solicitud conteniendo la lista de productos debidamente modificada
Identificado de publicación: 8106491
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4240998
Fecha de resolución: 24/09/2024
Clases: 29
Expediente: M-4240998
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INVERSAMI3000 SL
Identificado de publicación: 7790204
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4240998
Fecha de desposito regular: 17/11/2023
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: PURA DEHESA LA EXCELENCIA EN IBÉRICO
Clasificación de elementos figurativos: 260105270524290101
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 29-CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA
Expediente: N-0443612
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: INVERSAMI3000 SL
Identificado de publicación: 7623055
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0443612
Fecha de resolución: 03/11/2023
Clases denegadas: 29
Fecha publicación de la solicitud: 23/08/2022
Expediente: N-0443612
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: INVERSAMI3000 SL
Identificado de publicación: 7494110
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0443612
Fecha de resolución: 28/07/2023
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se encuentra incurso en el art. 5.1.g) de la Ley 17/2001 de Marcas al poder inducir a error sobre calidad, naturaleza o composición de los productos solicitados dado que de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 4/2014 de 10 de enero por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta, la caña de lomo, el lomo embuchado y el lomoibéricos) la utilización de la denominación "Dehesa" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo ibérico alimentado y manejado únicamente en las condiciones descritas por el art.3.1.b).i), en relación con el art. 4.5, del mencionado Real Decreto, es decir, de categoría "de bellota. Este motivo de suspenso puede subsanarse mediante la presentación de una limitación de los productos solicitados a "carnes, jamones y paletas derivados de cerdo ibérico de bellota alimentado y manejado de acuerdo con los requisitos legales que permiten utilizar el término "dehesa", a cuyos efectos deberá aportar la hoja correspondiente de la instancia de solicitud conteniendo la lista de productos debidamente modificada
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos solicitados de la clase 29 en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de7 de diciembre), al estar excluido de registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que la denominación incluye el término Los Pedroches, sin que dicha especificación haya quedado reseñada en el listado de productos solicitados.Esta prohibición podrá subsanarse limitando a "carnes; carne de ave y carne de caza; extractos de carne amparados por la DOP Los Pedroches o excluyendo los mismos de la lista de productos."Dado que la subsanación del art. 5.1.h seguirían implicando que el signo incurriría en la prohibición del art. 5.1.g, para subsanar ambas prohibiciones, deberá limitar lo solicitado exclusivamente a: "carnes, jamones y paletas derivados de cerdo ibérico de bellota alimentado y manejado de acuerdo con los requisitos legales que permiten utilizar el término "dehesa", amparados por la DOP Los Pedroches
Motivos: 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
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