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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 27 de junio del 2013 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa INVERPASTOR SICAV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 19 de junio del 2013 con los datos de inscripción Diario: 120 Sección: C Pág: 11625 - 11627.


Anuncio de convocatoria de Junta

INVERPASTOR SICAV SA

Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de la compañía que tendrá lugar en el domicilio social, el próximo día 29 de julio de 2013, a las doce horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales y el informe de gestión de la Sociedad y propuesta de aplicación de resultados, correspondientes al ejercicio 2012. Acuerdo sobre la gestión social.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, del Balance de fusión.

Tercero.- Aprobación de la fusión de PBP Ahorro Corto Plazo, FI (fondo absorbente) y Bolshispania, SICAV, Sociedad Anónima, e Inverpastor, SICAV, Sociedad Anónima (sociedades absorbidas) mediante la absorción de ambas sociedades por el Fondo. Aprobación del proyecto de fusión y de la ecuación de canje de las acciones y adopción de los acuerdos complementarios necesarios para su efectividad.

Cuarto.- Acogimiento de la fusión al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VIII, Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Quinto.- Disolución de la SICAV.

Sexto.- Delegación de facultades.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Lectura y aprobación, si procede, del acta.

Se recuerda a los señores accionistas: Su derecho de asistencia que podrán ejercitarlo de conformidad con los estatutos sociales y la legislación aplicable. Su derecho de información: tienen derecho a examinar en el domicilio social u obtener el envío gratuito de los siguientes documentos: - Cuentas anuales, Informe de gestión y Informe de los Auditores de cuentas correspondientes al ejercicio 2012. - Proyecto común de fusión. - Informe de los Administradores de cada una de las Sociedades. - Cuentas Anuales e Informes de Gestión e Informe de los auditores de los tres últimos ejercicios correspondientes a las dos sociedades y al Fondo intervinientes en la fusión. - Balances de fusión de las dos sociedades y del fondo. - Estatutos sociales de ambas sociedades y reglamento de gestión del fondo vigentes. - Identidad de los administradores de las Sociedades Absorbidas y fecha de designación y datos relativos a las entidades gestora y depositaria del fondo de Inversión. De conformidad con el artículo 40 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se informa a los señores accionistas de las menciones mínimas del proyecto de fusión: A) Fondo Absorbente: PBP Ahorro Corto Plazo, FI, con domicilio en Madrid calle José Ortega y Gasset, 29, y NIF V-82488875, se inscribió en la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 1966 el 23 de diciembre de 1999. B) Sociedad Absorbida: Bolshispania, SICAV, Sociedad Anónima, con domicilio en la calle José Ortega y Gasset, 29, de Madrid, y CIF A-28351120, figura inscrita en el Registro Administrativo de Sociedades de Inversión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 221 el 22 de julio de 1998. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, hoja M-35096, tomo 11.600, folio 186. C) Sociedad Absorbida: Inverpastor, SICAV, Sociedad Anónima, con domicilio en la calle José Ortega y Gasset, 29, de Madrid, y CIF A-15020761, figura en el Registro Administrativo de Sociedades de Inversión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 37 el 22 de marzo de 1994. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, hoja M-547915, tomo 30446, folio 181. D) Tipo y Procedimiento de Canje: La ecuación de canje será el resultado del cociente entre el valor liquidativo del fondo fusionado y el valor liquidativo del fondo beneficiario. La ecuación de canje definitiva se determinará con los valores liquidativos al cierre del día anterior al del otorgamiento del documento contractual de fusión. Dicha ecuación garantizará que cada partícipe del fondo fusionado reciba un número de participaciones del fondo beneficiario de forma que el valor de su inversión el día de la fusión no sufra alteración alguna, ya que el patrimonio del fondo resultante de la fusión es la suma exacta del patrimonio del fondo antes de la fusión. E) Derechos y ventajas especiales: Por la propia naturaleza de las sociedades absorbidas, sometidas a una regulación sectorial específica, no existen acciones de clases especiales u otros derechos distintos de las acciones, por lo que no procede efectuar previsión alguna en este sentido. Por otra parte, no se prevé la atribución en el fondo absorbente de ventajas ni privilegios de ninguna clase a favor de los administradores de las sociedades absorbidas ni de ninguna otra persona. E) Fecha de efectos de la fusión: Las operaciones de las sociedades absorbidas realizadas a partir de la fecha de ejecución de la fusión (otorgamiento de la escritura pública de fusión) y, hasta su definitiva inscripción en los Registros que procedan, se entenderán realizadas, a efectos contables, por la Institución de Inversión Colectiva beneficiaria (fondo absorbente), siendo esa fecha en la que los socios de las Sociedades Absorbidas tendrán derecho a participar en las ganancias del Fondo Absorbente. F) Reglamento de Gestión del fondo: no se realizarán modificaciones en el Reglamento de Gestión del fondo G) Valoración del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva: Para la determinación del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva implicadas en la fusión, se siguen los criterios de valoración establecidos en la normativa aplicable a las Instituciones de Inversión Colectiva. H) Fechas de las cuentas de la sociedad y del fondo utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión: las cuentas que han servido de base para la fusión son las correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2012. I) Consecuencias de la fusión sobre el empleo, eventual impacto de género en los órganos de administración e incidencia en la responsabilidad social de la empresa: no existirá consecuencia, impacto o incidencia alguna al respecto. J) Incidencia de la fusión sobre las aportaciones de industria o las prestaciones accesorias en la sociedad que se extingue y las compensaciones que se otorguen a los socios, en su caso, a los socios afectados en el fondo resultante: sin incidencias al no existir aportación de industria ni prestación accesoria en las sociedades absorbidas. K) Beneficios fiscales: a la presente fusión por absorción le será de aplicación el régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por medio del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Madrid, 19 de junio de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 19/06/2013 Diario: 120 Sección: C Pág: 11625 - 11627 

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