Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 14 de diciembre del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 354/2017, seguido a instancias del Procurador don Jorge Artiles Ramírez, en nombre y representación de INVERCASA SOLUCIONES, S.L., se ha dictado Auto el día 20 de noviembre de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de INVERCASA SOLUCIONES, S.L. con CIF nº B76103233, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Se designa como Administradora del concurso a doña Dolores Benítez González, como abogada, la cual ha designado como domicilio postal el de la avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, n.º 6A (Vidal & Verano Abogados), CP. 35003 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono nº 928227375, fax nº 928225129 y correo electrónico [email protected]
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal,
Las Palmas de Gran Canaria, 11 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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